Móstoles (BOCM-20240607-68)
Urbanismo. Plan especial
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 135

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JUNIO DE 2024

Pág. 357

(1) Para el cómputo de la superficie ocupada se tendrán en cuenta el 100 % de las superficies cubiertas,
incluidas las marquesinas tal y como se especifica en la Ordenanza ZU-ES, así como en el PGOU de Móstoles.
(2 )Para el cómputo de la superficie edificada, la marquesina no computará como superficie edificada al
poderlo asemejar a un Soportal dado que tiene fondo >3,00 m, altura >4,50 m y sin cerramientos tal y como se
especifica en el artículo III.3.4, del PGOU Móstoles.
Los lavados (boxes) computarán al 50 %, al poderlo asemejar a un Porche tratarse de un cuerpo volado cubierto y cerrados por uno o dos de sus lados, tal y como se establece en el artículo III.3.4 del PGOU Móstoles.

BOCM-20240607-68

Estación de Servicio es un uso viable urbanísticamente en la ubicación solicitada y con la
tipología edificatoria propuesta.
De la misma forma, las instalaciones de suministro al por menor de carburantes a
vehículos, se ven afectadas por la entrada en vigor del Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
(que modifica a la anterior Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y al
Real Decreto Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la
Competencia en Mercados de Bienes y Servicios).
Esta Ley 11/2013, de 26 de julio, establece las pautas marcadas desde el Gobierno
Central y la Comisión Nacional de la Competencia para flexibilizar la competencia en
el sector de los hidrocarburos, así como dinamizar su expansión, de forma que en su Título V: Medidas en el ámbito del sector de hidrocarburos, Artículo 39 de Modificación
de la Ley 34/1998, de 7 de octubre del sector de hidrocarburos, siendo entre otras medidas:
— Los instrumentos de planificación territorial o urbanística no podrán regular aspectos técnicos de las instalaciones o exigir una tecnología concreta.
— Los usos del suelo para actividades comerciales individuales o agrupadas, centros
comerciales, parques comerciales, establecimientos de inspección técnica de
vehículos y zonas o polígonos industriales, serán compatibles con la actividad
económica de las instalaciones de suministro de combustible al por menor. Estas
instalaciones serán asimismo compatibles con los usos que sean aptos para la instalación de actividades con niveles similares de peligrosidad, residuos o impacto
ambiental.
Por tanto y amparándonos en la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al
emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se dictamina que la
actividad pretendida de Estación de Servicio es un uso viable urbanísticamente en la ubicación solicitada.
3.2.2. Justificación parámetros urbanísticos: las características de las construcciones
proyectadas serán las siguientes:
— Superficie de la parcela: 2.000 m2.
— Superficie caseta técnica: 16,90 m2.
— Altura exterior caseta técnica: 3,03 m.
— Número de plantas caseta técnica: 1 planta.
— Superficie marquesina: 132,00m2.
— Altura exterior de la marquesina: 5,20 m.
— Superficie cubierta boxes de lavado: 83,80 m2.
— Superficie cubierta caseta de lavado: 16,90 m2.
— Altura exterior boxes de lavado: 4,68 m.
Con estas características se obtienen los siguientes parámetros urbanísticos:
— Superficie de parcela: 2.000 m2.
— Superficie ocupada proyectada(1): 249,60 m2(12,48 %).
d Superficie ocupada caseta técnica: 16,90 m2.
d Superficie ocupada marquesina: 132,00 m2.
d Superficie ocupada boxes de lavado: 83,80 m2.
d Superficie cubierta caseta de lavado: 16,90 m2.
— Superficie edificada proyectada: 75,70 m2 (0,037 m2/m2).
d Superficie edificada caseta técnica: 16,90 m2.
d Superficie edificada marquesina(2): 0,00 m2.
d Superficie edificada boxes de lavado2: 41,90 m2.
d Superficie cubierta caseta de lavado: 16,90 m2.
— Altura de la edificación: 5,20 m (marquesina).
— Número de plantas: 1 planta.