Cercedilla (BOCM-20240604-72)
Organización y funcionamiento. Reglamento servicio abastecimiento agua potable
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

MARTES 4 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 132

Aceptada la solicitud, el Operador comunicará las circunstancias a las que deberá ajustarse la acometida o acometidas, así como las condiciones de concesión y ejecución.
Art. 27. Concesión.—La concesión de acometida para suministro de agua potable,
corresponde al Operador quien, en todos aquellos casos en los que concurran las condiciones y circunstancias que se establecen en este Reglamento, estará obligada a otorgarla con
arreglo las normas del mismo.
Art. 28. Condiciones de la concesión.—La concesión para una acometida de suministro de agua estará supeditada a que se cumplan las condiciones de abastecimiento pleno,
que se establecen seguidamente:
1. Que el inmueble a abastecer esté situado en el área de cobertura del abastecimiento.
2. Que el inmueble que se pretende abastecer cuente con instalaciones interiores disponibles y adecuadas a las normas del presente Reglamento.
3. Que el inmueble a abastecer disponga de acometida para vertidos de agua residuales y pluviales, o tenga resuelto el sistema de evacuación de las mismas, disponiendo, en
este caso, de las autorizaciones precisas para ello.
4. Que la conducción que ha de abastecer al inmueble se encuentre en perfecto estado de servicio, y su caudal sea, como mínimo, el cuádruplo de la que en igualdad de régimen hidráulico corresponda a la acometida a derivar.
Art. 29. Características de las acometidas.—Las características de las acometidas,
tanto en lo que respecta a sus dimensiones, componentes, tipo y calidad de sus materiales,
como a su forma de ejecución y punto de conexión, serán determinadas por el Operador, de
acuerdo con el uso del inmueble a abastecer, consumos previsibles y condiciones de presión.
Los elementos que componen el primer ramal de la acometida serán: la tubería que discurre desde el injerto en la red de distribución con su llave de toma y la llave de registro en
la acera de la vía pública junto al inmueble, siendo las características de los elementos que
la componen:
— La tubería: tubo de polietileno alta densidad PE-100 PN16 UNE-EN 122012:2012+A1:2020 (EN 12201-2:2011+A1:2013) mínimo DN32.
— La llave de registro en la vía pública, preferiblemente de paso recto y sistema de
cierre de “bola” con accionamiento de cuadradillo y calidad según norma UNEEN-12165.
— La arqueta podrá ser construida “in situ” con tapa de fundición dúctil C-250 según
norma UNE-EN 124:1995.
Los elementos a instalar, que forman parte del segundo ramal serán: la tubería que está situada entre la llave de registro en la acera en la vía pública, y la llave de entrada situada inmediatamente antes del aparato de medida. A continuación, se instalará un filtro de la instalación
general, un contador, un grifo o racor de prueba, una válvula de retención y una llave de salida. Su instalación debe realizarse en un plano paralelo al del suelo. La llave de salida debe permitir la interrupción del suministro al edificio. La llave de entrada y la de salida, servirán para
el montaje y desmontaje del contador general. Todos estos elementos se encontrarán en el interior del armario homologado, siendo las características de los elementos que la componen:
— La tubería: tubo de polietileno alta densidad PE-100 PN16 UNE-EN 122012:2012+A1:2020 (EN 12201-2:2011+A1:2013) con la sección que corresponda al
diámetro del contador.
— La llave de entrada y la llave de salida: de paso recto o angular y con sistema de
cierre tipo “bola”, según norma UNE-EN 19804.
— El contador de agua deberá ser de telelectura con sistema compatible con el instalado por el Ayuntamiento según norma UNE-EN ISO 4064-1:2017.
— Grifo o racor de comprobación integrado en llave de salida o independiente según
norma UNE-EN 12165.
— Válvula de retención integrada en llave de salida o independiente según norma
UNE-EN 12165.
— Armario contador aislado homologado, dimensionado al número de contadores
según norma UNE-EN 61439-5:2015
Art. 30. Ejecución y conservación.—Las acometidas para el suministro de agua, serán ejecutadas por el Operador, o persona autorizada por ésta, de conformidad con cuanto
al efecto se establece en este Reglamento, debiendo satisfacer el abonado los correspondientes derechos de acometida.

BOCM-20240604-72

Pág. 220

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID