B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240603-11)
Tribunales procesos selectivos – Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran los Tribunales correspondientes al procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022, y se anuncia la fecha de realización de las pruebas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
Serán excluidos del procedimiento selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio. Los
aspirantes deberán presentar y acreditar la causa ante el presidente de la Comisión de selección de la especialidad correspondiente.
A estos efectos, aquellos que pertenezcan a una confesión religiosa en la que el descanso laboral semanal les impida realizar, inexcusable y expresamente, pruebas selectivas
en un día y horas determinados de la semana, deberán justificarlo mediante una certificación, expedida por la autoridad religiosa que corresponda, de su pertenencia a la confesión
religiosa que profese, así como indicar el día y horas de la semana en los que no pueden realizar la citada prueba. Igualmente, deberán acreditar el precepto legal que les ampara.
Asimismo, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio podrán
ponerlo en conocimiento de la Comisión de selección correspondiente, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. Esto implicará el consentimiento de
la interesada para permitir el acceso de la comisión de selección correspondiente o del órgano convocante a los datos médicos necesarios relacionados con su situación.
En ambos casos, quienes lo hayan hecho constar en la solicitud de participación, en el
apartado 1 “Datos de convocatoria”, dentro del recuadro referente a “Tipo de adaptación
solicitada”, en el plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución donde se incluya la distribución de los aspirantes en los Tribunales, deberán dirigir la
documentación justificativa de su situación, al presidente de la comisión de selección de su
especialidad, a través de la Dirección de Área Territorial en la que se encuentren ubicadas
las sedes en las que se van a desarrollar las pruebas.
La Comisión de Selección correspondiente, basándose en la información recibida,
acordará si procede o no aplazar la realización de dicha prueba. Para ello se efectuará un
nuevo llamamiento y aquellos que no comparezcan a este requerimiento decaerán en todos
sus derechos en el presente procedimiento
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo por causas del
parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso, ajustada a los tiempos previstos en el proceso selectivo, lo que deberá ser valorado por el tribunal en primera instancia o, en su caso, por la Comisión de selección. En todo
caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
Los opositores deberán presentar el DNI, pasaporte, permiso de conducir o para los
opositores comunitarios, el correspondiente documento identificativo, todos ellos deberán
estar en vigor.
En el caso de no constar en los listados ni de admitidos ni de excluidos, el opositor podrá hacer la prueba condicionalmente, siempre que presente copia de la solicitud de admisión a las pruebas, con registro de entrada comprendido entre el 15 de diciembre de 2023 y
el 15 de enero de 2024, ambos inclusive, y el modelo 030 (justificante de haber abonado las
tasas), o justificante de estar exento de las mismas y firmar el documento de admisión condicionada.
Séptimo
a) Turno libre.
Todos los aspirantes que participen por el turno libre en las especialidades convocadas quedan citados, en llamamiento único, para las siguientes fechas:
— El día 22 de junio de 2024, a las 15:30 horas, para la realización del ejercicio de
la parte A de la prueba, en los términos establecidos en el apartado 8.5.1 de la
citada Resolución de convocatoria.
En este mismo acto se realizará la entrega de la Unidad de programación didáctica.
— El día 24 de junio de 2024, a las 08:30 horas, para la realización de los ejercicios correspondientes a la parte B2 de la prueba, en los términos establecidos
en el apartado 8.5.1 de la citada Resolución de convocatoria.
BOCM-20240603-11
Citaciones
Pág. 46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
Serán excluidos del procedimiento selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio. Los
aspirantes deberán presentar y acreditar la causa ante el presidente de la Comisión de selección de la especialidad correspondiente.
A estos efectos, aquellos que pertenezcan a una confesión religiosa en la que el descanso laboral semanal les impida realizar, inexcusable y expresamente, pruebas selectivas
en un día y horas determinados de la semana, deberán justificarlo mediante una certificación, expedida por la autoridad religiosa que corresponda, de su pertenencia a la confesión
religiosa que profese, así como indicar el día y horas de la semana en los que no pueden realizar la citada prueba. Igualmente, deberán acreditar el precepto legal que les ampara.
Asimismo, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio podrán
ponerlo en conocimiento de la Comisión de selección correspondiente, adjuntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. Esto implicará el consentimiento de
la interesada para permitir el acceso de la comisión de selección correspondiente o del órgano convocante a los datos médicos necesarios relacionados con su situación.
En ambos casos, quienes lo hayan hecho constar en la solicitud de participación, en el
apartado 1 “Datos de convocatoria”, dentro del recuadro referente a “Tipo de adaptación
solicitada”, en el plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución donde se incluya la distribución de los aspirantes en los Tribunales, deberán dirigir la
documentación justificativa de su situación, al presidente de la comisión de selección de su
especialidad, a través de la Dirección de Área Territorial en la que se encuentren ubicadas
las sedes en las que se van a desarrollar las pruebas.
La Comisión de Selección correspondiente, basándose en la información recibida,
acordará si procede o no aplazar la realización de dicha prueba. Para ello se efectuará un
nuevo llamamiento y aquellos que no comparezcan a este requerimiento decaerán en todos
sus derechos en el presente procedimiento
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo por causas del
parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso, ajustada a los tiempos previstos en el proceso selectivo, lo que deberá ser valorado por el tribunal en primera instancia o, en su caso, por la Comisión de selección. En todo
caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
Los opositores deberán presentar el DNI, pasaporte, permiso de conducir o para los
opositores comunitarios, el correspondiente documento identificativo, todos ellos deberán
estar en vigor.
En el caso de no constar en los listados ni de admitidos ni de excluidos, el opositor podrá hacer la prueba condicionalmente, siempre que presente copia de la solicitud de admisión a las pruebas, con registro de entrada comprendido entre el 15 de diciembre de 2023 y
el 15 de enero de 2024, ambos inclusive, y el modelo 030 (justificante de haber abonado las
tasas), o justificante de estar exento de las mismas y firmar el documento de admisión condicionada.
Séptimo
a) Turno libre.
Todos los aspirantes que participen por el turno libre en las especialidades convocadas quedan citados, en llamamiento único, para las siguientes fechas:
— El día 22 de junio de 2024, a las 15:30 horas, para la realización del ejercicio de
la parte A de la prueba, en los términos establecidos en el apartado 8.5.1 de la
citada Resolución de convocatoria.
En este mismo acto se realizará la entrega de la Unidad de programación didáctica.
— El día 24 de junio de 2024, a las 08:30 horas, para la realización de los ejercicios correspondientes a la parte B2 de la prueba, en los términos establecidos
en el apartado 8.5.1 de la citada Resolución de convocatoria.
BOCM-20240603-11
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