Mancomunidad 2016 (BOCM-20240603-89)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de:
1. Fase de Oposición:
Ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test compuesto por 40 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como Anexo I de las presentes bases. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas,
siendo una de ellas la correcta. Se añadirán cuatro preguntas de reserva, para el supuesto de
que, una vez celebrado el examen, el Tribunal decida anular una o varias preguntas generales y establecer, por su orden, las de reserva.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
El ejercicio se calificará de 1 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación de
al menos 5 puntos para superarla, quedando excluidos aquellos opositores que no alcancen
dicha puntuación. En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras
en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a medio punto negativo del valor de la
respuesta.
El Tribunal Calificador, mediante la adopción del acuerdo correspondiente, teniendo
en cuenta el número de aspirantes presentados y el nivel de conocimiento de los mismos,
sin identificar a ninguno de los opositores, decidirá cuál será la nota de corte para superar
este ejercicio.
2. Fase de Concurso:
Esta fase solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso, la puntuación obtenida en ella podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos que se aleguen en la fase de concurso se valorarán con relación a la fecha
de finalización del plazo de solicitudes de participación en el proceso selectivo y se acreditarán únicamente por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la puntuación
total de la fase de oposición. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en plazo.
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 10 puntos. La valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo:
Experiencia profesional (máximo 5 puntos):
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública, 0,15 puntos por cada mes
trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública contratado a través de organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas, 0,10 puntos por cada mes trabajado a
jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo:
— En otras Administraciones públicas: 0,05 puntos por cada mes trabajado a jornada
completa o parte proporcional en jornadas parciales
— En organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas: 0,025 puntos por cada
mes trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 5 puntos):
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante títulos o certificados de realización o impartición de los mismos en los que figuren el número de horas
de que ha constado. Únicamente se valorarán los que estén debidamente homologados o
bien impartidos por Centros Oficiales o Instituciones Públicas y siempre que tengan relación directa con las funciones a desarrollar en la plaza solicitada y supongan una mejor preparación para el desempeño del puesto de trabajo adscrito a la misma, debiendo ponderarse en este caso tanto la materia tratada como su vigencia.
BOCM-20240603-89
Pág. 370
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de:
1. Fase de Oposición:
Ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test compuesto por 40 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como Anexo I de las presentes bases. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas,
siendo una de ellas la correcta. Se añadirán cuatro preguntas de reserva, para el supuesto de
que, una vez celebrado el examen, el Tribunal decida anular una o varias preguntas generales y establecer, por su orden, las de reserva.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.
El ejercicio se calificará de 1 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación de
al menos 5 puntos para superarla, quedando excluidos aquellos opositores que no alcancen
dicha puntuación. En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras
en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a medio punto negativo del valor de la
respuesta.
El Tribunal Calificador, mediante la adopción del acuerdo correspondiente, teniendo
en cuenta el número de aspirantes presentados y el nivel de conocimiento de los mismos,
sin identificar a ninguno de los opositores, decidirá cuál será la nota de corte para superar
este ejercicio.
2. Fase de Concurso:
Esta fase solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún caso, la puntuación obtenida en ella podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos que se aleguen en la fase de concurso se valorarán con relación a la fecha
de finalización del plazo de solicitudes de participación en el proceso selectivo y se acreditarán únicamente por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la puntuación
total de la fase de oposición. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en plazo.
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 10 puntos. La valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo:
Experiencia profesional (máximo 5 puntos):
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública, 0,15 puntos por cada mes
trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública contratado a través de organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas, 0,10 puntos por cada mes trabajado a
jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Por servicios prestados como Auxiliar Administrativo:
— En otras Administraciones públicas: 0,05 puntos por cada mes trabajado a jornada
completa o parte proporcional en jornadas parciales
— En organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas: 0,025 puntos por cada
mes trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 5 puntos):
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante títulos o certificados de realización o impartición de los mismos en los que figuren el número de horas
de que ha constado. Únicamente se valorarán los que estén debidamente homologados o
bien impartidos por Centros Oficiales o Instituciones Públicas y siempre que tengan relación directa con las funciones a desarrollar en la plaza solicitada y supongan una mejor preparación para el desempeño del puesto de trabajo adscrito a la misma, debiendo ponderarse en este caso tanto la materia tratada como su vigencia.
BOCM-20240603-89
Pág. 370
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID