D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240601-7)
Convenio – Convenio de 17 de mayo de 2024, entre la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Getafe, Comunidad de Madrid y territorio nacional (APANID), para el desarrollo de una línea de colaboración con la finalidad de favorecer el proceso de autonomía de los jóvenes entre 18 y 21 años con discapacidad intelectual, física, sensorial y/o mixta que salen del sistema de protección de la Comunidad de Madrid por mayoría de edad y que carecen de los apoyos familiares necesarios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
Pág. 131
2. Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
3. En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad,
y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio,
salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno,
y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid.
4. El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa
anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en
el Anexo II. Acuerdo de Encargo de Tratamiento del presente convenio.
5. Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
6. Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados
conforme la normativa vigente por la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento
de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada
ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en:
protecciondatospsociales@madrid.org
Séptima
Indicación de la vinculación, publicidad e imagen
La Comunidad de Madrid y la Asociación APANID se comprometen a citar su colaboración mutua en cualquier acto de comunicación o difusión referido a las actividades objeto del convenio.
La Asociación APANID introducirá de forma visible el logotipo de la Comunidad de
Madrid y su respectivo logotipo en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de
difusión o publicación realice relacionado con el objeto convenido.
La Comunidad de Madrid se reserva todos los derechos sobre sus marcas y nombres
y, en general, sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual.
Octava
1. El coste total de la colaboración conveniada para desarrollar una línea de colaboración con la finalidad de favorecer el proceso de autonomía de los jóvenes entre 18 y 21 años
con discapacidad intelectual, física, sensorial y/o mixta que salen del sistema de protección de
la Comunidad de Madrid por mayoría de edad y que carecen de los apoyos familiares necesarios, dotándoles de la madurez necesaria para afrontar sus procesos de emancipación con
mayor seguridad, proporcionando para ello, el alojamiento y acompañamiento educativo necesario (9 plazas), con el fin de favorecer la transición a un proyecto de vida autónoma y prevenir el riesgo de exclusión social asciende a 244.896,75 euros, IVA exento.
2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid supone un coste total
de 171.427,72 euros (IVA exento) con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024 y 2025, y la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre de 2024 se hará con cargo al presupuesto
del ejercicio 2025.
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de
lo estipulado en el apartado 11 de la cláusula tercera del presente convenio, participando en
un 70 por 100 del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del presente convenio. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas
(vestuario, abono transporte…). Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la citada cláusula tercera.
BOCM-20240601-7
Financiación
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
Pág. 131
2. Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
3. En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad,
y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio,
salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno,
y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid.
4. El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa
anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en
el Anexo II. Acuerdo de Encargo de Tratamiento del presente convenio.
5. Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
6. Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados
conforme la normativa vigente por la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento
de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada
ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en:
protecciondatospsociales@madrid.org
Séptima
Indicación de la vinculación, publicidad e imagen
La Comunidad de Madrid y la Asociación APANID se comprometen a citar su colaboración mutua en cualquier acto de comunicación o difusión referido a las actividades objeto del convenio.
La Asociación APANID introducirá de forma visible el logotipo de la Comunidad de
Madrid y su respectivo logotipo en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de
difusión o publicación realice relacionado con el objeto convenido.
La Comunidad de Madrid se reserva todos los derechos sobre sus marcas y nombres
y, en general, sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual.
Octava
1. El coste total de la colaboración conveniada para desarrollar una línea de colaboración con la finalidad de favorecer el proceso de autonomía de los jóvenes entre 18 y 21 años
con discapacidad intelectual, física, sensorial y/o mixta que salen del sistema de protección de
la Comunidad de Madrid por mayoría de edad y que carecen de los apoyos familiares necesarios, dotándoles de la madurez necesaria para afrontar sus procesos de emancipación con
mayor seguridad, proporcionando para ello, el alojamiento y acompañamiento educativo necesario (9 plazas), con el fin de favorecer la transición a un proyecto de vida autónoma y prevenir el riesgo de exclusión social asciende a 244.896,75 euros, IVA exento.
2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid supone un coste total
de 171.427,72 euros (IVA exento) con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024 y 2025, y la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre de 2024 se hará con cargo al presupuesto
del ejercicio 2025.
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de
lo estipulado en el apartado 11 de la cláusula tercera del presente convenio, participando en
un 70 por 100 del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del presente convenio. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas
(vestuario, abono transporte…). Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la citada cláusula tercera.
BOCM-20240601-7
Financiación