D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240601-7)
Convenio – Convenio de 17 de mayo de 2024, entre la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Getafe, Comunidad de Madrid y territorio nacional (APANID), para el desarrollo de una línea de colaboración con la finalidad de favorecer el proceso de autonomía de los jóvenes entre 18 y 21 años con discapacidad intelectual, física, sensorial y/o mixta que salen del sistema de protección de la Comunidad de Madrid por mayoría de edad y que carecen de los apoyos familiares necesarios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 130
por mayoría de edad, en un recurso residencial equipado con todo lo necesario para
cubrir sus necesidades básicas.
— Elaboración de los Planes de Apoyo Individualizados (PAI) y Proyectos Educativos Individuales (PEI), que incorporan las preferencias personales en la definición
de metas y en la elección de actividades, promoviendo la autonomía, participación
e inclusión social y laboral de los jóvenes, en los que se determina la provisión de
apoyos necesarios.
— Elaboración de Proyectos de Vida de los jóvenes, acompañando en la toma de decisiones para alcanzar metas personales y familiares.
— Ofrecer los apoyos necesarios tanto personales, como materiales, fomentando un
ambiente que permita trabajar con estos jóvenes su correcto desarrollo personal,
facilitando su integración en la sociedad.
— Facilitar su desarrollo personal, dentro de las posibilidades de cada uno, para la superación de los obstáculos que la discapacidad intelectual leve/ moderada les supone para la integración social.
— Desarrollar actividades que promuevan la competencia social mediante la adquisición y entrenamiento de habilidades para la autonomía personal, las relaciones interpersonales, la convivencia social y participación comunitaria.
— Impulsar la participación en la vida comunitaria, mediante la orientación, gestión
de oportunidades y facilitación de los apoyos para el acceso y uso de recursos comunitarios de interés para su atención (servicios sanitarios) y desarrollo personal
(deportivas, actos culturales).
— Promover en el seno de la organización una visión compartida de la discapacidad
y del servicio que se presta, acorde con los valores, principios y objetivos de la
Convención Internacional; de forma especial se velará por el respeto a la dignidad
de las personas.
— Garantizar el desarrollo de procesos necesarios para el diagnóstico, planificación,
realización y evaluación de objetivos y actividades.
— Organizar procesos de evaluación y mejora de servicio que incluya la participación de interesados.
— Conseguir oportunidades de participación social en recursos del entorno en colaboración con entidades públicas y privadas, articulando apoyos para que sea una
experiencia exitosa.
3. Fundamental para el óptimo desempeño del proceso de intervención es la actividad evaluadora, de cara a analizar y garantizar la contribución de los distintos elementos al
cumplimiento de los objetivos previamente establecidos, todo ellos con el fin último de evitar desajustes e introducir las modificaciones oportunas. Las funciones principales de esta
actividad evaluadora serán, por tanto:
— Diagnóstico.
— Pronóstico.
— Orientación.
— Control.
Se desarrollan dos tipos de sistemas de control y evaluación: uno destinado a los jóvenes y otro a los programas:
— De los jóvenes: a través de la revisión de los PAI (que se realiza como mínimo
cada 6 meses, aunque el PAI de cada joven puede ser revisado, adaptado y, por
tanto, modificado, en cualquier momento durante el año, cuando sus necesidades
cambien, a fin de ajustar las programaciones individuales en caso de ser necesario) y del seguimiento psicológico y social (realizado de manera específica por el
profesional respectivo, el psicólogo y el trabajador social).
— De los programas: se llevarán a cabo dos tipos de seguimiento, uno de carácter
continuo (por medio de los registros de evaluación) y otro final (tanto por parte del
personal como de los jóvenes, al finalizar el curso).
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid,
se compromete, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, a desarrollar las siguientes actuaciones:
BOCM-20240601-7
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 130
por mayoría de edad, en un recurso residencial equipado con todo lo necesario para
cubrir sus necesidades básicas.
— Elaboración de los Planes de Apoyo Individualizados (PAI) y Proyectos Educativos Individuales (PEI), que incorporan las preferencias personales en la definición
de metas y en la elección de actividades, promoviendo la autonomía, participación
e inclusión social y laboral de los jóvenes, en los que se determina la provisión de
apoyos necesarios.
— Elaboración de Proyectos de Vida de los jóvenes, acompañando en la toma de decisiones para alcanzar metas personales y familiares.
— Ofrecer los apoyos necesarios tanto personales, como materiales, fomentando un
ambiente que permita trabajar con estos jóvenes su correcto desarrollo personal,
facilitando su integración en la sociedad.
— Facilitar su desarrollo personal, dentro de las posibilidades de cada uno, para la superación de los obstáculos que la discapacidad intelectual leve/ moderada les supone para la integración social.
— Desarrollar actividades que promuevan la competencia social mediante la adquisición y entrenamiento de habilidades para la autonomía personal, las relaciones interpersonales, la convivencia social y participación comunitaria.
— Impulsar la participación en la vida comunitaria, mediante la orientación, gestión
de oportunidades y facilitación de los apoyos para el acceso y uso de recursos comunitarios de interés para su atención (servicios sanitarios) y desarrollo personal
(deportivas, actos culturales).
— Promover en el seno de la organización una visión compartida de la discapacidad
y del servicio que se presta, acorde con los valores, principios y objetivos de la
Convención Internacional; de forma especial se velará por el respeto a la dignidad
de las personas.
— Garantizar el desarrollo de procesos necesarios para el diagnóstico, planificación,
realización y evaluación de objetivos y actividades.
— Organizar procesos de evaluación y mejora de servicio que incluya la participación de interesados.
— Conseguir oportunidades de participación social en recursos del entorno en colaboración con entidades públicas y privadas, articulando apoyos para que sea una
experiencia exitosa.
3. Fundamental para el óptimo desempeño del proceso de intervención es la actividad evaluadora, de cara a analizar y garantizar la contribución de los distintos elementos al
cumplimiento de los objetivos previamente establecidos, todo ellos con el fin último de evitar desajustes e introducir las modificaciones oportunas. Las funciones principales de esta
actividad evaluadora serán, por tanto:
— Diagnóstico.
— Pronóstico.
— Orientación.
— Control.
Se desarrollan dos tipos de sistemas de control y evaluación: uno destinado a los jóvenes y otro a los programas:
— De los jóvenes: a través de la revisión de los PAI (que se realiza como mínimo
cada 6 meses, aunque el PAI de cada joven puede ser revisado, adaptado y, por
tanto, modificado, en cualquier momento durante el año, cuando sus necesidades
cambien, a fin de ajustar las programaciones individuales en caso de ser necesario) y del seguimiento psicológico y social (realizado de manera específica por el
profesional respectivo, el psicólogo y el trabajador social).
— De los programas: se llevarán a cabo dos tipos de seguimiento, uno de carácter
continuo (por medio de los registros de evaluación) y otro final (tanto por parte del
personal como de los jóvenes, al finalizar el curso).
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid,
se compromete, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, a desarrollar las siguientes actuaciones:
BOCM-20240601-7
BOCM