Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240528-71)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MAYO DE 2024
Pág. 143
6. Normas de urbanización
Art. 23. Normativa de aplicación.—Será de aplicación, con carácter general, la Normativa definida en el PGOU vigente de Pozuelo de Alarcón.
Art. 24. Obras e infraestructuras a cargo del Ámbito.—Las obras de urbanización y
servicios correspondientes a la ejecución de redes interiores definidas en el Ámbito, así
como su conexión a las generales de la población, serán a cargo de la Junta de Compensación formada por los titulares del suelo delimitado y consistirán en la ejecución total o parcial, según se precise, de las siguientes obras:
— Vialidad. Explanación, afirmado y pavimentación de calzadas, construcción y encintado de aceras y canalizaciones que deban construirse en el subsuelo para servicios.
— Saneamiento. Colectores generales y parciales, acometidas, sumideros y atarjeas.
— Suministro de agua. Distribución domiciliaria de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios.
— Suministro de energía eléctrica incluidas conducción, distribución, alumbrado público y CT. y de mando.
— Jardinería y arbolado, así como mobiliario urbano en espacios libres.
Asimismo, serán a cargo de la Junta de Compensación:
— Las indemnizaciones que procedan a favor de propietarios o titulares de derechos,
incluidos los de arrendamiento, referidos a edificios y construcciones que deban ser
BOCM-20240528-71
Materiales:
Los materiales que conformen las calzadas de las nuevas vías deberán ser uniformes,
evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos como empedrados o
adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30 km/h.
Se recomienda el empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica como los asfaltos drenantes, silenciosos y microaglomerados.
Recogida de basuras y servicios de limpieza:
La recogida de basuras y vaciado de contenedores de reciclaje se llevará a cabo, preferiblemente, en horario diurno; es decir, entre las siete y las veintitrés horas.
Para estas labores se recomienda la adopción de sistemas de recogida silenciosos:
vehículos semipesados e insonorizados, cubos de basura de cierre silencioso, etc.
Se fomentará la utilización de sistemas de limpieza no contaminantes acústicamente,
o que cuenten con sistemas que disminuyan las emisiones sonoras, evitando la utilización
de sistemas de recogida por impulsión de aire.
Se recomienda restringir el periodo de uso de los contenedores de reciclado de vidrio
al horario diurno cuando estos se dispongan en superficie, quedando claramente señalizado en todos los contenedores que se distribuyan por el ámbito.
Actividades-ruido comunitario:
Se respetará la tipología acústica de cada zona en lo referente a emisiones hacia el exterior, de forma que ningún emisor acústico podrá producir ruidos que hagan que el nivel
ambiental sobrepase los límites fijados para cada una de las áreas acústicas.
Inspección y vigilancia de la contaminación acústica:
El ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón será responsable de exigir el cumplimiento del
Real Decreto 1367/2007 y controlar determinadas actuaciones con el fin de conseguir el
cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que son de aplicación en el sector de estudio. Entre estas actuaciones se encuentran:
— Particularmente, las emisiones de las actividades terciarias que ocupen las parcelas previstas.
— Las emisiones acústicas tanto de las obras en edificios u otras infraestructuras que
se lleven a cabo en el sector o el entorno del mismo.
— Las emisiones de sirenas, alarmas y distintos sistemas de reclamo que empleen
dispositivos acústicos.
— El cumplimiento de las velocidades máximas establecidas en cada una de las vías.
Art. 22. Medidas de protección del arbolado.—Será de aplicación lo dispuesto en la
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
Se adoptarán las medidas de protección establecidas en la Ordenanza de Protección
Ambiental de Pozuelo de Alarcón.
B.O.C.M. Núm. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MAYO DE 2024
Pág. 143
6. Normas de urbanización
Art. 23. Normativa de aplicación.—Será de aplicación, con carácter general, la Normativa definida en el PGOU vigente de Pozuelo de Alarcón.
Art. 24. Obras e infraestructuras a cargo del Ámbito.—Las obras de urbanización y
servicios correspondientes a la ejecución de redes interiores definidas en el Ámbito, así
como su conexión a las generales de la población, serán a cargo de la Junta de Compensación formada por los titulares del suelo delimitado y consistirán en la ejecución total o parcial, según se precise, de las siguientes obras:
— Vialidad. Explanación, afirmado y pavimentación de calzadas, construcción y encintado de aceras y canalizaciones que deban construirse en el subsuelo para servicios.
— Saneamiento. Colectores generales y parciales, acometidas, sumideros y atarjeas.
— Suministro de agua. Distribución domiciliaria de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios.
— Suministro de energía eléctrica incluidas conducción, distribución, alumbrado público y CT. y de mando.
— Jardinería y arbolado, así como mobiliario urbano en espacios libres.
Asimismo, serán a cargo de la Junta de Compensación:
— Las indemnizaciones que procedan a favor de propietarios o titulares de derechos,
incluidos los de arrendamiento, referidos a edificios y construcciones que deban ser
BOCM-20240528-71
Materiales:
Los materiales que conformen las calzadas de las nuevas vías deberán ser uniformes,
evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos como empedrados o
adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30 km/h.
Se recomienda el empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica como los asfaltos drenantes, silenciosos y microaglomerados.
Recogida de basuras y servicios de limpieza:
La recogida de basuras y vaciado de contenedores de reciclaje se llevará a cabo, preferiblemente, en horario diurno; es decir, entre las siete y las veintitrés horas.
Para estas labores se recomienda la adopción de sistemas de recogida silenciosos:
vehículos semipesados e insonorizados, cubos de basura de cierre silencioso, etc.
Se fomentará la utilización de sistemas de limpieza no contaminantes acústicamente,
o que cuenten con sistemas que disminuyan las emisiones sonoras, evitando la utilización
de sistemas de recogida por impulsión de aire.
Se recomienda restringir el periodo de uso de los contenedores de reciclado de vidrio
al horario diurno cuando estos se dispongan en superficie, quedando claramente señalizado en todos los contenedores que se distribuyan por el ámbito.
Actividades-ruido comunitario:
Se respetará la tipología acústica de cada zona en lo referente a emisiones hacia el exterior, de forma que ningún emisor acústico podrá producir ruidos que hagan que el nivel
ambiental sobrepase los límites fijados para cada una de las áreas acústicas.
Inspección y vigilancia de la contaminación acústica:
El ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón será responsable de exigir el cumplimiento del
Real Decreto 1367/2007 y controlar determinadas actuaciones con el fin de conseguir el
cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que son de aplicación en el sector de estudio. Entre estas actuaciones se encuentran:
— Particularmente, las emisiones de las actividades terciarias que ocupen las parcelas previstas.
— Las emisiones acústicas tanto de las obras en edificios u otras infraestructuras que
se lleven a cabo en el sector o el entorno del mismo.
— Las emisiones de sirenas, alarmas y distintos sistemas de reclamo que empleen
dispositivos acústicos.
— El cumplimiento de las velocidades máximas establecidas en cada una de las vías.
Art. 22. Medidas de protección del arbolado.—Será de aplicación lo dispuesto en la
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
Se adoptarán las medidas de protección establecidas en la Ordenanza de Protección
Ambiental de Pozuelo de Alarcón.