Alcalá de Henares (BOCM-20240527-47)
Urbanismo. Plan especial
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
3.6. Condiciones de calidad de la construcción y de las instalaciones.
2. Aislamiento térmico.
Texto anterior:
Las nuevas construcciones cumplirán las condiciones de transmisión y aislamiento térmico previstas en la Normativa Básica vigente.
Texto nuevo:
Las nuevas construcciones cumplirán las condiciones de transmisión y aislamiento térmico previstas en el Código Técnico de Edificación.
3. Aislamiento acústico.
Texto anterior:
Las nuevas construcciones cumplirán también las condiciones de aislamiento acústico
previstas en la Norma Básica vigente.
Texto nuevo:
Las nuevas construcciones cumplirán también las condiciones de aislamiento acústico
previstas en el Código Técnico de Edificación.
Capítulo 5: Normas de uso de la edificación
5.1 Determinaciones generales.
6. Cuadro de compatibilidad de los distintos tipos de actividad con las distintas tipologías de edificación.
Texto anterior:
Las actividades existentes legalmente instaladas o aquellas autorizadas mediante Estudio de Detalle o licencia de obras, se consideran permitidas, salvo Ordenanzas Municipales que limiten o condicionen su desarrollo.
Texto nuevo:
Las actividades y usos existentes legalmente instalados se consideran permitidos, salvo Ordenanzas Municipales que limiten o condicionen su desarrollo.
Texto anterior:
En edificios de tipología residencial unifamiliar se permitirá la distribución de viviendas
diferenciadas siempre que cada una disponga de una superficie construida mínima de 90 m212.
Texto nuevo:
En edificios de tipología residencial unifamiliar se permitirá la distribución de viviendas
diferenciadas siempre que cada una disponga de una superficie construida mínima de 90 m212.
Para estos casos, el régimen de usos y actividades sería el mismo que el correspondiente al del
uso residencial colectivo.
3.2.2 Medidas para la protección del medio ambiente.
3.2.2.1 Condiciones del Informe Ambiental Estratégico
En el informe ambiental estratégico emitido se recogen los siguientes condicionantes
ambientales que se deberán tener en cuenta:
Protección del Patrimonio Cultural:
En informe hace referencia al informe emitido por la Dirección General de Patrimonio
Cultural al respecto.
Con fecha 21 de julio de 2023 se emite informe sectorial firmado por el Director General de Patrimonio Cultural y la jefa de Área de Protección de la DGPC en relación con la
aprobación inicial de Modificación puntual del Plan especial de protección del casco histórico para la incorporación del Bien de Interés Cultural de la Manzana Cisneriana de la Universidad de Alcalá y otros aspectos normativos en el que se informa favorablemente el documento de Aprobación Inicial de la Modificación Puntual del Plan Especial de protección
del casco histórico con sujeción a varias prescripciones. En octubre de 2023 el Ayuntamiento realiza nuevo registro ante la DPGC en el que se modifica el articulado con el fin de dar
cumplimiento a las prescripciones indicadas en el informe anterior. Finalmente, con fecha
30 de noviembre de 2023 la DGPC informa Favorablemente el documento de la “Modificación puntual del Plan especial de protección del casco histórico para la incorporación del
Bien de Interés Cultural de la Manzana Fundacional Cisneriana de la Universidad de Alcalá y otros aspectos normativos” en la redacción dada en el documento remitido en octubre
BOCM-20240527-47
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
3.6. Condiciones de calidad de la construcción y de las instalaciones.
2. Aislamiento térmico.
Texto anterior:
Las nuevas construcciones cumplirán las condiciones de transmisión y aislamiento térmico previstas en la Normativa Básica vigente.
Texto nuevo:
Las nuevas construcciones cumplirán las condiciones de transmisión y aislamiento térmico previstas en el Código Técnico de Edificación.
3. Aislamiento acústico.
Texto anterior:
Las nuevas construcciones cumplirán también las condiciones de aislamiento acústico
previstas en la Norma Básica vigente.
Texto nuevo:
Las nuevas construcciones cumplirán también las condiciones de aislamiento acústico
previstas en el Código Técnico de Edificación.
Capítulo 5: Normas de uso de la edificación
5.1 Determinaciones generales.
6. Cuadro de compatibilidad de los distintos tipos de actividad con las distintas tipologías de edificación.
Texto anterior:
Las actividades existentes legalmente instaladas o aquellas autorizadas mediante Estudio de Detalle o licencia de obras, se consideran permitidas, salvo Ordenanzas Municipales que limiten o condicionen su desarrollo.
Texto nuevo:
Las actividades y usos existentes legalmente instalados se consideran permitidos, salvo Ordenanzas Municipales que limiten o condicionen su desarrollo.
Texto anterior:
En edificios de tipología residencial unifamiliar se permitirá la distribución de viviendas
diferenciadas siempre que cada una disponga de una superficie construida mínima de 90 m212.
Texto nuevo:
En edificios de tipología residencial unifamiliar se permitirá la distribución de viviendas
diferenciadas siempre que cada una disponga de una superficie construida mínima de 90 m212.
Para estos casos, el régimen de usos y actividades sería el mismo que el correspondiente al del
uso residencial colectivo.
3.2.2 Medidas para la protección del medio ambiente.
3.2.2.1 Condiciones del Informe Ambiental Estratégico
En el informe ambiental estratégico emitido se recogen los siguientes condicionantes
ambientales que se deberán tener en cuenta:
Protección del Patrimonio Cultural:
En informe hace referencia al informe emitido por la Dirección General de Patrimonio
Cultural al respecto.
Con fecha 21 de julio de 2023 se emite informe sectorial firmado por el Director General de Patrimonio Cultural y la jefa de Área de Protección de la DGPC en relación con la
aprobación inicial de Modificación puntual del Plan especial de protección del casco histórico para la incorporación del Bien de Interés Cultural de la Manzana Cisneriana de la Universidad de Alcalá y otros aspectos normativos en el que se informa favorablemente el documento de Aprobación Inicial de la Modificación Puntual del Plan Especial de protección
del casco histórico con sujeción a varias prescripciones. En octubre de 2023 el Ayuntamiento realiza nuevo registro ante la DPGC en el que se modifica el articulado con el fin de dar
cumplimiento a las prescripciones indicadas en el informe anterior. Finalmente, con fecha
30 de noviembre de 2023 la DGPC informa Favorablemente el documento de la “Modificación puntual del Plan especial de protección del casco histórico para la incorporación del
Bien de Interés Cultural de la Manzana Fundacional Cisneriana de la Universidad de Alcalá y otros aspectos normativos” en la redacción dada en el documento remitido en octubre
BOCM-20240527-47
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID