Alcobendas (BOCM-20240527-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
c) La elaboración de planes municipales y propuestas de acuerdo, en relación con las
materias propias de la Concejalía para su posterior aprobación por el órgano competente del Ayuntamiento.
d) Ordenar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del
Ayuntamiento en el ámbito de su delegación.
e) La evaluación de la ejecución de los planes de actuación de la Concejalía, por parte de los servicios adscritos a la misma, ejerciendo el control de eficacia de éstos.
Fomento de empleo y captación de inversiones:
En los términos y previo cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 7.4, 27
y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en redacción dada por la
Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, se delegan
las siguientes facultades en la materia:
a) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de su
delegación.
b) Atender el desarrollo económico con el propósito de que éste opere en condiciones óptimas y aumente su nivel de productividad y competitividad, fomentando su
permanencia, la reinversión en el municipio, la generación de empleo y la implantación empresarial y personal en Alcobendas.
c) Desarrollo de acciones en orden a la consecución de un crecimiento equilibrado y
equitativo de los servicios, producción y comercio que se corresponda con el nivel de crecimiento de la población del municipio.
d) Dirección de las políticas de formación y empleo, incluidas, en su caso, las Casas
de Oficios y Talleres de Empleo.
e) Impulso de los contratos programas, convenios que se celebren con la Comunidad
de Madrid o cualquier otra Administración para la cooperación del fomento del
empleo, así como la gestión de convenios con empresas y organizaciones para el
fomento del empleo.
f) Elaboración de estudios y recomendaciones para adecuar la oferta de formación
continuada y profesionalizada a las necesidades de las empresas.
g) Elaboración y planificación del contenido funcional de los Centros de Apoyo a la
Intermediación Laboral (CAIL) que se constituyan.
h) Elaboración y planificación del contenido funcional de los Centros Municipales
de Formación que se establezcan.
i) Dirección, control y gestión de las bolsas de trabajo específicas que se constituyan
en el Departamento de empleo.
j) Dirección, control y gestión de las acciones formativas específicas que se planifiquen.
k) Desarrollo y coordinación de los programas de fomento de empleo que se pongan
en marcha en el ámbito municipal.
l) Dirigir el Observatorio Municipal de Empleo.
m) Dirigir y desarrollar las acciones de orientación e inserción laboral.
n) Dirigir, gestionar y controlar el Centro de Empresas de Alcobendas así como
aquellos espacios destinados al fomento de empresas, tales como viveros de empresas y centros de innovación.
ñ) Dirigir, gestionar y controlar los servicios de asesoramiento para la creación de
empresas.
o) Promover proyectos integrales de regeneración y modernización de zonas empresariales de la ciudad, así como impulsar programas de innovación y modernización empresarial.
p) Promoción de la ciudad en su conjunto desde la perspectiva de atracción económica, así como de las nuevas zonas de desarrollo empresarial.
q) Impulso de convenios con entidades privadas para la promoción empresarial, la
difusión de políticas municipales de Responsabilidad Social Corporativa y cuantos temas sean de interés para el tejido económico.
r) Identificación y difusión de sectores emergentes que ofrezcan oportunidades de
inversión en determinadas actividades económicas, así como la promoción y difusión de espacios e infraestructuras empresariales existentes en el término municipal de Alcobendas, para la instalación de nuevas Empresas y emprendedores.
BOCM-20240527-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
c) La elaboración de planes municipales y propuestas de acuerdo, en relación con las
materias propias de la Concejalía para su posterior aprobación por el órgano competente del Ayuntamiento.
d) Ordenar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del
Ayuntamiento en el ámbito de su delegación.
e) La evaluación de la ejecución de los planes de actuación de la Concejalía, por parte de los servicios adscritos a la misma, ejerciendo el control de eficacia de éstos.
Fomento de empleo y captación de inversiones:
En los términos y previo cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 7.4, 27
y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en redacción dada por la
Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, se delegan
las siguientes facultades en la materia:
a) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de su
delegación.
b) Atender el desarrollo económico con el propósito de que éste opere en condiciones óptimas y aumente su nivel de productividad y competitividad, fomentando su
permanencia, la reinversión en el municipio, la generación de empleo y la implantación empresarial y personal en Alcobendas.
c) Desarrollo de acciones en orden a la consecución de un crecimiento equilibrado y
equitativo de los servicios, producción y comercio que se corresponda con el nivel de crecimiento de la población del municipio.
d) Dirección de las políticas de formación y empleo, incluidas, en su caso, las Casas
de Oficios y Talleres de Empleo.
e) Impulso de los contratos programas, convenios que se celebren con la Comunidad
de Madrid o cualquier otra Administración para la cooperación del fomento del
empleo, así como la gestión de convenios con empresas y organizaciones para el
fomento del empleo.
f) Elaboración de estudios y recomendaciones para adecuar la oferta de formación
continuada y profesionalizada a las necesidades de las empresas.
g) Elaboración y planificación del contenido funcional de los Centros de Apoyo a la
Intermediación Laboral (CAIL) que se constituyan.
h) Elaboración y planificación del contenido funcional de los Centros Municipales
de Formación que se establezcan.
i) Dirección, control y gestión de las bolsas de trabajo específicas que se constituyan
en el Departamento de empleo.
j) Dirección, control y gestión de las acciones formativas específicas que se planifiquen.
k) Desarrollo y coordinación de los programas de fomento de empleo que se pongan
en marcha en el ámbito municipal.
l) Dirigir el Observatorio Municipal de Empleo.
m) Dirigir y desarrollar las acciones de orientación e inserción laboral.
n) Dirigir, gestionar y controlar el Centro de Empresas de Alcobendas así como
aquellos espacios destinados al fomento de empresas, tales como viveros de empresas y centros de innovación.
ñ) Dirigir, gestionar y controlar los servicios de asesoramiento para la creación de
empresas.
o) Promover proyectos integrales de regeneración y modernización de zonas empresariales de la ciudad, así como impulsar programas de innovación y modernización empresarial.
p) Promoción de la ciudad en su conjunto desde la perspectiva de atracción económica, así como de las nuevas zonas de desarrollo empresarial.
q) Impulso de convenios con entidades privadas para la promoción empresarial, la
difusión de políticas municipales de Responsabilidad Social Corporativa y cuantos temas sean de interés para el tejido económico.
r) Identificación y difusión de sectores emergentes que ofrezcan oportunidades de
inversión en determinadas actividades económicas, así como la promoción y difusión de espacios e infraestructuras empresariales existentes en el término municipal de Alcobendas, para la instalación de nuevas Empresas y emprendedores.
BOCM-20240527-48
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