Alcobendas (BOCM-20240527-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
Pág. 183
1. Se delegan en cada concejal-delegado del Centro Gestor o Servicio promotor
del expediente las siguientes facultades, sin perjuicio de las delegadas
en las Direcciones generales señaladas en el presente Decreto, en cuyo caso se ejercerán
por sus titulares en el ámbito de sus correspondientes Direcciones Generales
2. Concejalía-Delegada de Distrito Norte, Distrito Empresarial, Fomento del empleo,
comercio, consumo y licencias
Integrada en las Áreas de Alcaldía e Impulso Económico (Fomento del empleo, comercio, consumo y licencias) y Sostenibilidad y Territorio (Distrito Norte y Empresarial)
se atribuye la misma a la concejala doña Mar Rodríguez Fernández, ostentando la Presidencia de ambos Distritos.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, servicios o empresas municipales, se delegan en la Concejalía de Distrito Norte, Empresarial, Fomento del Empleo, Comercio, Consumo y Licencias las siguientes competencias:
a) Representación del Ayuntamiento en los Distritos Norte y Empresarial.
b) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos.
BOCM-20240527-48
a) Tramitar, formular y resolver sobre encargos de gestión mediante la utilización
de medios propios conforme al artículo 32 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público, a las empresas municipales para que realicen obras o asistencias
técnicas, directamente en nombre del Ayuntamiento, en asuntos relacionados con
la actividad de esta delegación, incluyendo la autorización y disposición de gastos
que correspondan.
b) Autorización y disposición de gastos de su delegación no sometidos a la legislación
sobre contratación administrativa, y competencia de esta Alcaldía por un importe
inferior a 15.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias asignadas según
clasificación orgánica del presupuesto en vigor.
c) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su presentación ante el Pleno o la
Junta de Gobierno Local.
d) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de Cultura y
Gestión de Talento, y las que correspondan a la Alcaldía.
e) Resolución de recursos de reposición, incluidas cuantas facultades sean precisas
para la plena efectividad del recurso resuelto, que puedan formularse contra los
actos que hayan emitido en virtud de la competencia que les ha sido delegada para
resolver actos que afecten a terceros, mediante el presente Decreto.
f) Incoar, tramitar, formular propuesta de resolución y resolver las reclamaciones
patrimoniales de carácter extracontractual por daños o lesiones dentro del ámbito
de su delegación.
g) Incoar, instruir y resolver los expedientes sancionadores por infracciones cometidas en el ámbito de su delegación siempre que por Ley están atribuidas al alcalde.
h) Tramitar y resolver autorizaciones que por la legislación sectorial estén atribuidas
a esta Alcaldía en el ámbito de la respectiva delegación.
i) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación, en su caso, de la memoria global de la
misma.
k) Incoación, instrucción y resolución de medios de ejecución forzosa en materias
propias de su delegación.
l) Emplazamientos a los interesados en los procedimientos abiertos contra el Ayuntamiento en materias propias de su delegación.
m) Solicitud y posterior tramitación de subvenciones ante otras Administraciones u
Organismos públicos, en coordinación con la Oficina Municipal de Subvenciones.
n) Instrucción y resolución de subvenciones municipales propias de su delegación,
incluyendo la autorización y disposición de gasto que generen los procedimientos
correspondientes.
ñ) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en los Departamentos, servicios y unidades administrativas de la delegación.
B.O.C.M. Núm. 125
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
Pág. 183
1. Se delegan en cada concejal-delegado del Centro Gestor o Servicio promotor
del expediente las siguientes facultades, sin perjuicio de las delegadas
en las Direcciones generales señaladas en el presente Decreto, en cuyo caso se ejercerán
por sus titulares en el ámbito de sus correspondientes Direcciones Generales
2. Concejalía-Delegada de Distrito Norte, Distrito Empresarial, Fomento del empleo,
comercio, consumo y licencias
Integrada en las Áreas de Alcaldía e Impulso Económico (Fomento del empleo, comercio, consumo y licencias) y Sostenibilidad y Territorio (Distrito Norte y Empresarial)
se atribuye la misma a la concejala doña Mar Rodríguez Fernández, ostentando la Presidencia de ambos Distritos.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, servicios o empresas municipales, se delegan en la Concejalía de Distrito Norte, Empresarial, Fomento del Empleo, Comercio, Consumo y Licencias las siguientes competencias:
a) Representación del Ayuntamiento en los Distritos Norte y Empresarial.
b) Gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos.
BOCM-20240527-48
a) Tramitar, formular y resolver sobre encargos de gestión mediante la utilización
de medios propios conforme al artículo 32 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público, a las empresas municipales para que realicen obras o asistencias
técnicas, directamente en nombre del Ayuntamiento, en asuntos relacionados con
la actividad de esta delegación, incluyendo la autorización y disposición de gastos
que correspondan.
b) Autorización y disposición de gastos de su delegación no sometidos a la legislación
sobre contratación administrativa, y competencia de esta Alcaldía por un importe
inferior a 15.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias asignadas según
clasificación orgánica del presupuesto en vigor.
c) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su presentación ante el Pleno o la
Junta de Gobierno Local.
d) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de Cultura y
Gestión de Talento, y las que correspondan a la Alcaldía.
e) Resolución de recursos de reposición, incluidas cuantas facultades sean precisas
para la plena efectividad del recurso resuelto, que puedan formularse contra los
actos que hayan emitido en virtud de la competencia que les ha sido delegada para
resolver actos que afecten a terceros, mediante el presente Decreto.
f) Incoar, tramitar, formular propuesta de resolución y resolver las reclamaciones
patrimoniales de carácter extracontractual por daños o lesiones dentro del ámbito
de su delegación.
g) Incoar, instruir y resolver los expedientes sancionadores por infracciones cometidas en el ámbito de su delegación siempre que por Ley están atribuidas al alcalde.
h) Tramitar y resolver autorizaciones que por la legislación sectorial estén atribuidas
a esta Alcaldía en el ámbito de la respectiva delegación.
i) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación, en su caso, de la memoria global de la
misma.
k) Incoación, instrucción y resolución de medios de ejecución forzosa en materias
propias de su delegación.
l) Emplazamientos a los interesados en los procedimientos abiertos contra el Ayuntamiento en materias propias de su delegación.
m) Solicitud y posterior tramitación de subvenciones ante otras Administraciones u
Organismos públicos, en coordinación con la Oficina Municipal de Subvenciones.
n) Instrucción y resolución de subvenciones municipales propias de su delegación,
incluyendo la autorización y disposición de gasto que generen los procedimientos
correspondientes.
ñ) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en los Departamentos, servicios y unidades administrativas de la delegación.