Móstoles (BOCM-20240524-69)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

VIERNES 24 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 123

b) Actuaciones prohibidas, mencionándose explícitamente los vertidos de aceites usados, de
aguas de limpieza de hormigoneras y otras máquinas o enseres, de restos de obra, de escombros y, en general, de cualquier residuo o basura.
a) Prácticas de conducción, velocidades máximas y obligatoriedad de circulación por los caminos estipulados en el plan de obras, en su caso, y en el replanteo.
b) Establecimiento de un régimen de sanciones para quienes incumplan lo especificado en el
manual.
c) Divulgación del manual, que deberá ser ampliamente difundido entre todo el personal.
En dicho manual de instrucciones sobre buenas prácticas ambientales a observar por todos los
participantes en la construcción de los diversos proyectos se recogerá específicamente:
a) Se jalonará toda la zona de servidumbre de los cauces que atraviesen los ámbitos para delimitar su trazado y superficie y evitar posteriores degradaciones.
b) Se prohibirá ocupar, por instalaciones temporales, casetas, maquinaria, etc. tanto la zona
de dominio público hidráulico como la zona de servidumbre.
c) Se prohibirá, con carácter general, toda actividad susceptible de provocar la contaminación
o degradación del dominio público hidráulico, y, en particular acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que
constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación
de su entorno.
5.3.8. El Proyecto de Urbanización incluirá todos los documentos establecidos en el art.69 del
RPU.
5.3.9. El Proyecto de Urbanización contendrá un proyecto específico de jardinería y riego que
deberá obtener la Conformidad de los servicios municipales y del Canal de Isabel II (riego)
5.3.10. El Proyecto de Urbanización contendrá los proyectos específicos de los distintos servicios
que deberán obtener los VºBº de los correspondientes Departamentos municipales y Compañías
suministradoras.
5.3.11. Los Proyectos de Urbanización, deberán incorporar la conformidad técnica del Canal de
Isabel II
5.3.12. Las licencias de primera ocupación o de actividad se condicionarán a la obtención de la
certificación del Canal de Isabel II de la puesta en servicio de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración, necesarias para el desarrollo del ámbito, así como a la presentación
en la sede electrónica del Ministerio del Boletín de la Instalación y el Protocolo de Pruebas respecto a la redes públicas de comunicaciones electrónicas, además de la Certificación de Fin de Obra,
en los casos que sea exigible, convenientemente sellados por la Jefatura Provincial de Inspección
de Telecomunicaciones correspondiente.
Así mismo, no se podrán otorgar licencias de ocupación o de actividad ni proceder a la primera
ocupación, al uso o a la puesta en servicio de nuevas actividades en el ámbito, mientras no se
encuentren ejecutadas y operativas las medidas de acondicionamiento y mejora previstas en el
Estudio de Tráfico y con la conformidad de la Demarcación de Carreteras del Estado.
Al tratarse de un tramo urbano, de conformidad con el art. 47 de la Ley de Carreteras, la competencia del MITMA para el otorgamiento de autorizaciones llega hasta la zona de servidumbre del
viario estatal.
Además, recordar que el art.28.5 de la ley, establece: “Las licencias de uso y transformación del
suelo que se concedan para la realización de actuaciones en las zonas de protección deberán
quedar siempre expresamente condicionadas a la obtención de las autorizaciones a que hace
referencia esta ley. Serán nulas de pleno derecho las autorizaciones administrativas y licencias
que hayan sido otorgadas contraviniendo los preceptos de la presente ley”.
5.3.13. Deberá cumplirse los dispuesto en la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
5.3.14. Costes de las infraestructuras y su repercusión a los nuevos desarrollos urbanísticos.
Esta actuación urbanística participará en los costes de ejecución de las infraestructuras generales
que se desprendan del Plan Especial de Infraestructuras y de la “Adenda al Convenio de Gestión”
entre el Ayuntamiento de Móstoles y el Canal de Isabel II, a los que habrá que detraer el valor de

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