C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240517-44)
Programa actividad física – Orden conjunta de 6 de mayo de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la novena edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
Pág. 237
El modelo 039 podrá obtenerse en la página web de la Comunidad de Madrid
( www.comunidad.madrid ), a través del servicio de Administración Digital. Punto de Acceso General/Pagar Tasas y Precios Públicos, a través del enlace:
https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/ o a través del servicio de
atención al contribuyente disponible en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente . En los enlaces
citados, el interesado podrá buscar el precio a través de su denominación “IES promotores de la actividad física y el deporte de la Comunidad de Madrid” o a través
del QR “3180”.
Las modalidades de pago podrán ser:
— En efectivo, en alguna de las siguientes entidades colaboradoras: BBVA,
Banco Sabadell, Cajamar y Caixabank.
— Por banca electrónica, a través de la aplicación web, accediendo a través de
los enlaces anteriormente citados, mediante cargo en cuenta, Bizum, pago con
tarjeta bancaria, o descargándose el modelo para pago presencial. Para el
pago por banca electrónica será necesario estar en posesión de un certificado
digital reconocido por la Comunidad de Madrid.
c) Presentar una hoja de inscripción con sus datos personales que les facilitarán sus
coordinadores deportivos o profesores participantes en el fomento del deporte.
Junto con la hoja de inscripción presentarán, antes del comienzo de las actividades, autorización de los padres o tutores legales para su participación en el Programa, en la que se haga constar la ausencia de enfermedad o dolencia que le incapacite para realizar práctica de actividad física o deportiva, a tenor de las revisiones
médicas periódicas a las que haya sido sometido el alumno a lo largo de su vida.
Asimismo, podrán autorizar la cesión de sus derechos de imagen.
La cobertura sanitaria de la actividad deportiva de los alumnos inscritos en el Programa se llevará a cabo en los centros sanitarios de la red pública de la Comunidad de Madrid.
La Dirección General de Deportes suscribirá, adicionalmente, una póliza que garantice las
indemnizaciones previstas por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.
Octavo
1. La Comisión de Seguimiento y Evaluación del Programa de los Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid, estará presidida por el titular de la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte o persona en la que delegue. El titular de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa o persona en la que delegue será
vicepresidente. Además, serán miembros de la misma los titulares de la Dirección General de
Deportes, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de la Dirección General de Recursos Humanos, o personas en las que estos
deleguen, así como el Jefe de Área de Programas Deportivos en Edad Escolar, que actuará
como Secretario.
La Comisión, cuando lo estime conveniente, podrá solicitar la asistencia o el asesoramiento de la Unidad Técnica.
2. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Dictar instrucciones y tomar las medidas oportunas para la organización anual del
Programa.
b) Crear la Unidad Técnica y nombrar a su responsable en la Dirección General de
Deportes.
c) Establecer el procedimiento de nombramiento, sustitución y cese de los coordinadores deportivos o profesores participantes en el fomento del deporte de cada uno
de los centros participantes.
d) Todas aquellas que le sean encomendadas por el presidente de la Comisión.
Noveno
Composición y funcionamiento de la Unidad Técnica
1. La Unidad Técnica estará compuesta por tres técnicos de la Dirección General de
Deportes y por dos Asesores Técnicos Docentes (ATD) propuestos por el responsable nombrado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación.
BOCM-20240517-44
Composición y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento y Evaluación
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024
Pág. 237
El modelo 039 podrá obtenerse en la página web de la Comunidad de Madrid
( www.comunidad.madrid ), a través del servicio de Administración Digital. Punto de Acceso General/Pagar Tasas y Precios Públicos, a través del enlace:
https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas/ o a través del servicio de
atención al contribuyente disponible en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente . En los enlaces
citados, el interesado podrá buscar el precio a través de su denominación “IES promotores de la actividad física y el deporte de la Comunidad de Madrid” o a través
del QR “3180”.
Las modalidades de pago podrán ser:
— En efectivo, en alguna de las siguientes entidades colaboradoras: BBVA,
Banco Sabadell, Cajamar y Caixabank.
— Por banca electrónica, a través de la aplicación web, accediendo a través de
los enlaces anteriormente citados, mediante cargo en cuenta, Bizum, pago con
tarjeta bancaria, o descargándose el modelo para pago presencial. Para el
pago por banca electrónica será necesario estar en posesión de un certificado
digital reconocido por la Comunidad de Madrid.
c) Presentar una hoja de inscripción con sus datos personales que les facilitarán sus
coordinadores deportivos o profesores participantes en el fomento del deporte.
Junto con la hoja de inscripción presentarán, antes del comienzo de las actividades, autorización de los padres o tutores legales para su participación en el Programa, en la que se haga constar la ausencia de enfermedad o dolencia que le incapacite para realizar práctica de actividad física o deportiva, a tenor de las revisiones
médicas periódicas a las que haya sido sometido el alumno a lo largo de su vida.
Asimismo, podrán autorizar la cesión de sus derechos de imagen.
La cobertura sanitaria de la actividad deportiva de los alumnos inscritos en el Programa se llevará a cabo en los centros sanitarios de la red pública de la Comunidad de Madrid.
La Dirección General de Deportes suscribirá, adicionalmente, una póliza que garantice las
indemnizaciones previstas por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determinan las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.
Octavo
1. La Comisión de Seguimiento y Evaluación del Programa de los Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid, estará presidida por el titular de la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte o persona en la que delegue. El titular de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa o persona en la que delegue será
vicepresidente. Además, serán miembros de la misma los titulares de la Dirección General de
Deportes, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de la Dirección General de Recursos Humanos, o personas en las que estos
deleguen, así como el Jefe de Área de Programas Deportivos en Edad Escolar, que actuará
como Secretario.
La Comisión, cuando lo estime conveniente, podrá solicitar la asistencia o el asesoramiento de la Unidad Técnica.
2. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Dictar instrucciones y tomar las medidas oportunas para la organización anual del
Programa.
b) Crear la Unidad Técnica y nombrar a su responsable en la Dirección General de
Deportes.
c) Establecer el procedimiento de nombramiento, sustitución y cese de los coordinadores deportivos o profesores participantes en el fomento del deporte de cada uno
de los centros participantes.
d) Todas aquellas que le sean encomendadas por el presidente de la Comisión.
Noveno
Composición y funcionamiento de la Unidad Técnica
1. La Unidad Técnica estará compuesta por tres técnicos de la Dirección General de
Deportes y por dos Asesores Técnicos Docentes (ATD) propuestos por el responsable nombrado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación.
BOCM-20240517-44
Composición y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento y Evaluación