C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240514-43)
Oficina técnica de impulso de la inteligencia artificial –  Orden 60/2024, de 10 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se crea y regula la Oficina Técnica de Impulso de la Inteligencia Artificial en la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 114

DISPONGO
Artículo 1
Creación de la Oficina Técnica de Impulso de la Inteligencia Artificial en la Administración
de la Comunidad de Madrid
Se crea la Oficina Técnica de Impulso de la Inteligencia Artificial en la administración
de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Oficina Técnica), y se establece su composición, organización y funcionamiento.
Artículo 2
Naturaleza y adscripción
La Oficina Técnica es un grupo de trabajo para el análisis, impulso e implantación de
la inteligencia artificial en la Comunidad de Madrid y se adscribe a la consejería competente en materia de digitalización.
Artículo 3
Finalidad
La Oficina Técnica tiene como finalidad centralizar los procesos de impulso, estudio, análisis y potenciación relacionados con la inteligencia artificial. Su objetivo es ayudar a definir la
estrategia de inteligencia artificial, establecer las mejores prácticas y una sólida gobernanza en
toda la administración, reduciendo los riesgos asociados con la dispersión de estos procesos entre distintos equipos. Además, se centrará en potenciar el valor de las inversiones en inteligencia artificial para el beneficio de la sociedad madrileña con los siguientes objetivos:
a) Transformar los servicios públicos para ofrecer servicios personalizados, proactivos e inteligentes al ciudadano y la empresa.
b) Optimizar los procesos que soportan la gestión de los servicios al ciudadano.
c) Mejorar la toma de decisiones en todos los ámbitos de la administración con la
asistencia de la inteligencia artificial.
Artículo 4
La Oficina Técnica asumirá las siguientes funciones:
1. En materia de estrategia de inteligencia artificial: Realizar los trabajos previos a
la aprobación la Estrategia de Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid.
2. En materia de casos de uso:
a) Identificar los distintos casos de uso de inteligencia artificial e inteligencia artificial generativa.
b) Elaborar el catálogo de casos de uso de inteligencia artificial que se alineen con los
objetivos y la Estrategia de Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid.
c) Desarrollo e implantación de los casos de uso.
3. En materia de gestión y gobierno del dato para inteligencia artificial: Asegurar el
cumplimiento de las directrices marcadas en esta materia por la oficina del dato de la Comunidad de Madrid.
4. En materia de gobierno de la inteligencia artificial:
a) Elaborar recomendaciones relativas a la adopción de medidas para para asegurar
el cumplimiento de la normativa europea, el establecimiento del marco de inteligencia artificial responsable y los principios de equidad, transparencia, explicabilidad, etc.
b) Analizar el cumplimiento de la estrategia de inteligencia artificial y del plan de
implantación del catálogo de casos de uso.
c) Elaborar los indicadores y medir los resultados de la estrategia de inteligencia artificial.
d) Realizar estudios y evaluar el impacto económico del uso de inteligencia artificial
en la Comunidad de Madrid.
e) Realizar estudios de monitorización de las respuestas al ciudadano en el uso de la
inteligencia artificial generativa.

BOCM-20240514-43

Funciones