C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240511-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Casino de Juego Gran Madrid, S. A. (Código número 28000452011983)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024

II.

B.O.C.M. Núm. 112

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Para la categoría de Croupier de 2ª, y su adquisición, será necesario estar en
posesión y conocimiento práctico de un Juego adicional de los de la categoría de
Croupier de 3ª. Su promoción se llevará a efecto mediante el acuerdo adoptado por
la Comisión Paritaria de la empresa y Comité y en función de las necesidades del
servicio.

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Las promociones o ascensos a la categoría de Croupier de 1ª, se llevarán a efecto
a través de una Comisión Paritaria de la empresa y Comité, en función de las
necesidades del servicio.

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La promoción o ascenso a la categoría de Jefe/a de Mesa de 2ª será decisión de la
empresa, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

Personal de Juego: Área Polivalente
Se consideran categorías polivalentes:
Jefe/a de área
Técnico/a especialista
Técnico/a 1ª
Técnico/a 2ª
Técnico/a 3ª
Los requisitos de ascensos para estas categorías serán, además de la existencia de
vacante:
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Los/las Asistentes de Sala tendrán formación y conocimientos en Black Jack o
Ruleta Americana, i-Table y, atención al cliente. Además, deberán tener rotación en
el área de caja y máquinas.

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Técnico/a 2ª: 3 años en la categoría anterior. 1 juego adicional a Técnico/a 3ª, con
formación teórica y práctica y habiendo sido declarado apto/a, con las exigencias del
art.20 del presente convenio. Requiere evaluación favorable.

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Técnico/a 1ª: 3 años en la categoría anterior. 1 juego adicional a Técnico/a 2ª, con
formación teórica y práctica y habiendo sido declarado apto/a, con las exigencias del
art.20 del presente convenio. Requiere evaluación favorable.

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Técnico/a especialista: 3 años en categoría anterior. Capacidad para desarrollar
funciones de Crupier, Inspector/a y Jefe/a de Mesa. Formación superada en
liderazgo, atención al cliente y regulación. Este puesto es de libre designación por
parte de la empresa.

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Jefe/a de Área: 3 años en categoría anterior. Capacidad para desarrollar funciones
de Inspector/a, Jefe/a de Mesa y, puntualmente, Jefe/a de Sala. Formación
superada en liderazgo avanzado y herramientas del líder, con prácticas de 6 meses
en un año. Valorable idiomas. Este puesto es de libre designación por parte de la
empresa.
Las personas con categoría de asistentes de sala y croupier que quieran optar a la carrera
de técnico deberán acreditar conocimientos en Caja y Máquinas. Si por motivos ajenos a
los trabajadores no se pudiera impartir la formación, no será exigible la misma.
Asimismo, las personas con categoría de croupier que quieran promocionar a alguna
categoría de técnico tendrán que acreditar estar en posesión del juego de póker de
círculo.
Personal de Hostelería
Los requisitos de ascensos para las categorías serán:
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Ayudante de Camarero/a: 3 años en categoría anterior. Trabajo en jornada completa
en rota de 223 días. Disponer de una evaluación favorable, superar comisión de
evaluación y existencia de vacante.

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Camarero/a: 5 años en categoría anterior. Formación en cursos de vinos, coctelería,
preparación de platos a la vista, gestión punto de venta. Disponer de una evaluación
favorable, superar comisión de evaluación, trabajo en jornada completa en rota de
223 días y existencia de vacante.

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Jefe/a de Rango: 5 años en categoría anterior. Formación en curso de gestión de
restaurantes. Disponer de una evaluación favorable, superar comisión de evaluación
y existencia de vacante.

BOCM-20240511-1

III.