Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (BOCM-20240510-67)
Organización y funcionamiento. Ordenanza punto limpio
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BOCM

VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 111

— Poda y restos vegetales: solo se admitirán aquellos restos que procedan de domicilios particulares, debiendo indicarse la procedencia de los mismos y deberán depositarse en bolsa o sacas y, en la medida de lo posible, la longitud de las ramas
no excederá de un metro. Las bolsas, sin son de plástico, se depositarán en el contenedor específico de plásticos y envases ligeros.
— Disolventes, pinturas y barnices: se prohíbe la mezcla de sustancias. Se evitará su
vertido, sobre todo en caso de trasvase de recipientes.
— Frigoríficos y electrodomésticos con CFC: se entregarán sin que produzca rotura
del circuito de refrigeración.
TÍTULO IV
Funcionamiento y gestión
Art. 14. Funcionamiento y gestión del punto limpio.—1. Las entregas serán anotadas, controladas y gestionadas por el operario municipal en un Libro de Registro informatizado para el control interno, en el que constarán:
— Identificación completa del usuario mediante la exhibición de su DNI.
— Naturaleza de los residuos: tipo de residuo, descripción y peso.
— Licencia de las obras que han generado dichos escombros.
— Acreditación del pago de los impuestos y tasas municipales (en su caso).
— Todas aquellas personas que generen escombros como consecuencia de la realización de pequeñas obras deberán depositar los escombros generados en el contenedor habilitado al efecto en el punto limpio municipal. Así mismo deberán indicar
al operario municipal la dirección de realización de la obra o el expediente municipal de licencia de obra el que se relacionan.
2. Las instalaciones del Punto Limpio deben permanecer en buenas condiciones de higiene y salubridad pública. Para ello, los operarios deben controlar que el depósito de residuos
se realice de forma correcta, evitando la caída de residuos fuera de los contenedores y retirando cualquier material que dificulte el tránsito de los vehículos y el depósito de los residuos.
3. El horario de atención al público será el que determine el Ayuntamiento en función de sus necesidades organizativas. El mismo será publicado en la página web y sede
electrónica del Ayuntamiento.
Art. 15. Documentación en la instalación.—En la oficina del Punto Limpio estará
disponible una copia de la presente Ordenanza con objeto de posibilitar su consulta a cualquier usuario que lo solicite.
El Punto Limpio dispondrá de:
1. Sistema de registro de datos, en las que se incluirán:
— Datos del depositante de los residuos.
— Fecha y hora de acceso.
— Tipo de residuo aportado.
— Cantidad de cada tipo de residuo.
— Operario que recepcione el residuo.
— Incidencias.
(Todo ello preservando el anonimato y protección de datos según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
2. Sistema de Registro de salida de contenedores, que incluirá:
— Fecha de retirada.
— Número de contenedores y tipo de residuos retirados.
— Gestor que realiza la retirada.
Además de lo anterior, para cualquier sugerencia, incidencia o queja que se quiera realizar, se efectuará en el registro del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica del mismo.
Art. 16. Retirada de los contenedores.—De forma previa al llenado completo de los
contenedores, los encargados del Punto Limpio avisarán a los gestores o transportistas designados, para la retirada y el traslado de los residuos a las diferentes instalaciones de reciclaje o centros de eliminación.

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