B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240507-4)
Profesores de religión –  Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 108

existente al final del procedimiento establecido en el apartado 16.3, hasta alcanzar el 100 %
de jornada. El orden de adjudicación en este supuesto será el siguiente:
1) Profesores que no participen en el procedimiento, teniendo prioridad aquellos que
no tengan ningún destino para el curso 2024/25. El orden de adjudicación será el
establecido según el criterio que establece la Resolución de 2 de abril de 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de abril
de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público
el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación
de los aspirantes en los procesos selectivos, que durante el año 2024 es la letra N.
2) Profesores participantes en el procedimiento y en el orden establecido en el apartado 16.2.2.
Las vacantes disponibles y las posibles resultas se adjudicarán, a estos efectos, siguiendo el orden en el que aparecen en el Anexo II publicado en la convocatoria
de adjudicación de puestos con carácter provisional.
16.2.4. Excluidos de este procedimiento.
No podrán participar en este procedimiento: los profesores de religión que tengan o hayan obtenido destinos definitivos que supongan el 100 % de la jornada para el curso 2024/25, así como los profesores incluidos en los puntos 16.2.1.a)1) y 16.2.1.a)2) de esta
base que no hayan participado o hayan decaído en el procedimiento de adjudicación de vacantes definitivas para profesores de religión.
16.3. Procedimiento.
La adjudicación de destinos de carácter provisional se realizará mediante acto público
que oportunamente se anunciará en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la secuencia descrita en la base octava. La fecha, sede y horario de dicho acto se publicará en el
portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la secuencia descrita en la base octava.
Los participantes se ordenarán, en primer lugar, por el colectivo de los indicados en el
apartado 16.2.2 de la base decimosexta, así como en el orden establecido en la misma base,
y dentro de cada colectivo, por los criterios que se indican en la misma.
Los profesores de religión que participen en este procedimiento sin destino deberán
elegir como mínimo un destino, con motivo de vacante.
A los efectos de adjudicación de vacantes provisionales, se entenderán como puestos
compatibles los porcentajes de jornada indicados en la base duodécima de esta convocatoria.
Esta adjudicación se realizará mediante rondas sucesivas:
A) Primera ronda:
En esta primera ronda cada participante a quien resulte adjudicado un destino deberá
quedarse con esa plaza, renunciando en ese momento a las que tuviera, que se ofrecerán en la siguiente ronda de este mismo acto. Esta renuncia, sólo provisional para
el curso 2024/25, para el acceso a destinos con carácter provisional, no implicará
pérdida de derechos sobre la plaza que pudiera tener con carácter definitivo.
Las renuncias serán efectivas exclusivamente con motivo de adjudicación de vacante.
B) Rondas sucesivas para completar jornada:
Tras la primera ronda, se realizarán rondas sucesivas para poder completar jornada, siempre que el porcentaje de jornada del puesto lo permita. En estas rondas sucesivas los participantes podrán mantener tanto el puesto asignado por el procedimiento como el que tuviera con anterioridad. Esta opción quedará supeditada a
que la organización y horarios del centro o centros con los que pretendan completar su jornada sean compatibles.
En cada ronda, tanto la primera como las sucesivas, sólo se puede obtener un destino, teniendo que esperar a la ronda siguiente para completar su jornada si ello fuera posible.
Los profesores con relación laboral indefinida que no puedan obtener ningún destino en su diócesis podrán optar, en su caso, por puestos en otras diócesis, solicitándolo con posterioridad a la finalización de este procedimiento de adjudicación
para el curso 2024/25, y previa autorización de las diócesis afectadas. Estas adjudicaciones serán provisionales y no supondrán modificación de la adscripción a la
diócesis del profesorado.

BOCM-20240507-4

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