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Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Asociación Sendergran Madrid, para el desarrollo y ejecución del programa “Marchas de senderismo”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 107

LUNES 6 DE MAYO DE 2024

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por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la
realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser
pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en el
anexo 1 del presente convenio.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la
actividad de tratamiento “Convenios Administrativos AMAS”.
Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Agencia Madrileña de Atención Social
de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada,
presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de
datos en protecciondatos-psociales@madrid.org
Cláusula décima
Comunicación e información
En todo el material de divulgación del programa, en su web, redes sociales, o a través
de cualquier otro medio, propio o de terceros, se incorporará el logo de la AMAS, previa
consulta y autorización de la Agencia Madrileña de Atención Social.
Cláusula undécima
Régimen Jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en la
Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, así como el Decreto 48/2019 de 10 de junio del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Dado que el presente Convenio también recoge un negocio jurídico patrimonial, al
existir en el presente expediente una Resolución del Gerente de la Agencia Madrileña de
Atención Social de la Comunidad de Madrid por la que se realiza una autorización de uso
común especial, se regirá igualmente por lo dispuesto en los artículos 28 y siguientes de la
Ley 3/2001 de 21 de junio de Patrimonio de la Comunidad de Madrid
Por tanto, las controversias que puedan surgir en aplicación y ejecución del mismo deberán ser resueltas por los representantes de estas entidades y podrán ser sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, la que figura en el encabezamiento.
Madrid, a 17 de abril de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El presidente de la
Asociación, Manuel Honrubia Siles (como representante legal de la Asociación Sendergran
Madrid).
ANEXO 1

En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid tendrá la consideración de Responsable del trata-

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ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO