D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240506-57)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Asociación Sendergran Madrid, para el desarrollo y ejecución del programa “Marchas de senderismo”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 107

miento y la Asociación Sendergran tendrá la consideración de Encargado del tratamiento,
conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto
de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la Entidad que suscribe este Convenio,
Encargada del tratamiento, para tratar por cuenta de la Agencia Madrileña de Atención
Social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de
Madrid, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid, la Gestión de actividades en los Centros de mayores.
El tratamiento de los datos personales comprenderá (suprimir el/los caso/s que no proceda/n): recogida / registro / estructuración / modificación / conservación / extracción / consulta / comunicación por transmisión / difusión / interconexión /cotejo / limitación / destrucción / supresión / comunicación / y cualquier otro que requiera el objeto del convenio
que se suscribe.
Cuarta
Identificación de la información afectada
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto
de este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Centros de mayores AMAS”:
— Interesados: Usuarios de los Centros de mayores de la AMAS, colaboradores y
profesionales.
— Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder: Datos de carácter
identificativo, Características personales.
Quinta
Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el período de vigencia del convenio suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente
acuerdo de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.

Deber de confidencialidad
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, inter-

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Sexta