D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-8)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud EN EL Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte, para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 106

— Caída o vuelco de un equipo de manutención, debido principalmente a un movimiento de salida intempestiva del camión por fallo en los frenos o una acción descoordinada entre el camionero y el conductor del equipo que efectúa la carga o
descarga.
— Choques entre vehículos o atropellos de personas por falta de iluminación o de organización en las zonas de maniobra donde se permite el funcionamiento simultaneo de vehículos y/o el acceso de personal.
Se realiza la presente actuación con el objetivo de analizar todos los elementos de
seguridad de los muelles de carga de los centros de trabajo participantes. Entre
otros se analizarán: los abrigos, la rampa nivelable, los topes, las puertas, las guías
para el camión, la iluminación, la señalización, entre otros factores.
Se realizará un análisis en 45 muelles de carga del sector, con un máximo de 2 muelles por centro de trabajo.
Para la realización de esta actuación se realizará un cuestionario de toma de datos, que también servirá para informar in situ al centro de trabajo sobre la temática de asesoramiento.
De cada asesoramiento realizado, la empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado del mismo donde encontrará una valoración sobre el asesoramiento realizado. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el informe confidencial a la
empresa mediante correo electrónico.
Además de las visitas de asesoramiento específico, se elaborará un informe global de
actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más
relevantes en la lista de chequeo.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— Número máximo de visitas de asesoramiento día/técnico: 6.
— Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 25.
— Número total de asesoramientos: 45.
— Porcentaje o cantidad de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0 por 100.
— Personal para la realización de la actividad: personal de UNO.
— Horas imputadas de técnico PRL UNO: 225 horas.
2.1.4. Asesoramiento específico: Asesoramiento sobre fatiga física y fatiga mental
en el sector logístico y transporte:
Las conclusiones de la segunda edición de la Encuesta Europea de Empresas sobre
Riesgos Nuevos y Emergentes (ESENER2) ponen de manifiesto que los factores de riesgos relacionados con los trastornos psicosociales y músculo esqueléticos son los más extendidos en
los centros de trabajo de Europa. Por lo que existe la premisa y la certeza de una relación directa entre los factores psicosociales y los Trastornos Músculo-Esqueléticos (TME) que además destaca y se pone de manifiesto en la Nota Técnica de Prevención (NTP) 604: Riesgo
psicosocial: el modelo demanda-control-apoyo social (II) del INSHT1, que aborda aspectos
prácticos relativos a la utilidad preventiva de este modelo: los efectos en la salud, los instrumentos de evaluación psicosocial, y las pautas de intervención preventiva en la empresa. Dicha NTP habla de estudios e investigaciones sobre enfermedades crónicas, especialmente cardiovasculares; pero también de otros efectos en la salud: agotamiento, depresión,
insatisfacción laboral, síntomas y trastornos músculo esqueléticos, problemas de sueño, ansiedad, uso de analgésicos y tranquilizantes, absentismo, intentos de suicidio, enfermedad
gastrointestinal, accidentes de tráfico, accidentes laborales, mortalidad, etc. Dichos estudios intentan mostrar en qué medida estar expuesto a unas malas condiciones psicosociales
en el trabajo (por ej. tener elevadas demandas, disponer de una escasa capacidad de control
sobre la situación y de poco apoyo social) aumenta el riesgo de bajo bienestar psicológico,
de presentar más síntomas, de desarrollar una enfermedad física concreta, o de que la evolución de ese trastorno sea más rápida o tenga peores consecuencias.
En concreto y en relación con los TME, se muestra numerosas evidencias de la relación que los aspectos psicosociales laborales tienen con los síntomas y TME. Los datos indican que diferentes estresores laborales como las presiones de tiempo, las cuotas de producción, el trabajo monótono, la escasa posibilidad de decisión, o una elevada carga de
trabajo auto percibida son predictores importantes de afectación por TME, relacionándose
con la intensificación de la sintomatología y también con el aumento de signos físicos de
enfermedad en miembros superiores.
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Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

BOCM-20240504-8

BOCM