D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-8)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud EN EL Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte, para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
30 páginas totales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

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Se realizará un cuestionario de toma de datos que, además, servirá para informar in situ
al centro de trabajo sobre la temática de asesoramiento.
Se analizarán un total de 40 puestos de trabajo, máximo 2 por centro de trabajo:
— Aplicación del método LEST en sus dimensiones de carga física y carga mental.
El objetivo es evaluar el conjunto de factores relativos al contenido del trabajo que
pueden tener repercusión tanto sobre la salud como sobre la vida personal de los
trabajadores.
— La fatiga laboral se analizará mediante el cuestionario SOFI-SM, en sus dimensiones de fatiga física y fatiga mental.
— El estrés Laboral mediante el cuestionario el General Health Cuestionary GHQ-12,
de Goldberg que permite identificar algunos aspectos habitualmente asociados al
estrés.
De cada asesoramiento realizado, la empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado del mismo donde encontrará una valoración sobre el asesoramiento realizado. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el informe confidencial a la
empresa mediante correo electrónico.
Además de las visitas de asesoramiento específico, se elaborará un informe global de
actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más
relevantes en la lista de chequeo.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— Número máximo de visitas de asesoramiento día/técnico: 6.
— Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 20.
— Número total de asesoramientos: 40.
— Porcentaje o cantidad de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0 por 100.
— Personal para la realización de la actividad: personal de entidad preventiva especializada.

La finalidad de esta campaña consiste en incidir en la importancia que tienen las instrucciones preventivas para el correcto uso de los equipos de trabajo principalmente para
evitar la siniestralidad laboral y el fallo humano como causas de accidentes laborales.
Se realizará un total de 50 instrucciones preventivas: un conjunto de instrucciones preventivas por equipo de trabajo objeto de dicha asistencia técnica; máximo 2 por centro de
trabajo. Equipos de trabajo como, por ejemplo: carretillas elevadoras, apiladores, transpaletas, rampa niveladora, grúas, máquina de embalar, etc. Para ello, en cada equipo de trabajo se identificarán las principales tareas que se realizan con el mismo y riesgos asociados.
Las instrucciones preventivas sobre cada equipo de trabajo objeto de asistencia técnica reflejarán de forma escrita las pautas preventivas que se deben tener en cuenta como garantía de seguridad para el personal que utilice el equipo de trabajo.
Para recopilar los datos necesarios se utilizará un cuestionario de toma de datos.
De cada asesoramiento realizado, la empresa participante recibirá un informe confidencial con el resultado del mismo donde encontrará una valoración sobre el asesoramiento realizado. Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el informe confidencial a la
empresa mediante correo electrónico.
Además de las visitas de asesoramiento específico, se elaborará un informe global de
actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más
relevantes en la lista de chequeo.
De forma general, se establecen los siguientes límites:






Número máximo de visitas de asesoramiento día/técnico: 6.
Número mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 25.
Número total de asesoramientos (puestos estudiados): 50.
Porcentaje o cantidad de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0 por 100.
Personal implicado: personal de entidad preventiva especializada.

BOCM-20240504-8

2.1.5. Asistencia específica: Asistencia técnica para la elaboración de instrucciones
preventiva para equipos de trabajo característicos del sector logístico y transporte: