D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-5)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

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12.1.2. Posteriormente a la realización de la actuación.
a) Visitas de asesoramiento: Con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el contenido mínimo del Acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN-6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los datos de la relación de visitas serán comunicados
igualmente en formato excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
b) Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica), establecido en el procedimiento del IRSST.
c) Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones de
divulgación y difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
d) Material tecnológico e informático: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha
acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 9. Relación de
material tecnológico e informático), establecido en el procedimiento del IRSST.
En las actuaciones relacionadas con redes sociales la beneficiaria informará a los
quince días de su publicación sobre el impacto de las acciones realizadas (visualizaciones, accesos, likes, descargas o cualquier otro parámetro aplicable relevante).
Los datos de la relación serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
En toda la documentación, tanto previa como posterior a la realización de la acción, que
se entregue al técnico de seguimiento designado, deberá constar la identificación y firma de
un miembro del beneficiario en calidad de responsable de la organización de la acción.
12.2. Otra documentación a entregar durante la fase de seguimiento
12.2.1. Contratos de los técnicos de prevención.
A fin de que las actuaciones de los técnicos que sean contratados no tengan problemas
posteriormente, la entidad beneficiaria remitirá titulación y contrato de los mismos en el
momento que desee del proceso de contratación, en todo caso antes de que empiecen a realizar actuaciones relacionadas con el convenio, para ser verificados por el IRSST, a fin de
conseguir la mayor eficacia posible en el proceso de seguimiento y justificación.
12.2.2. Triple presupuesto y memoria.
En las ocasiones en las que la beneficiaria necesite pedir tres presupuestos para ejecutar alguna parte del convenio se recomienda la remisión de los mismos sin esperar a la fase
de justificación, junto con la oportuna memoria explicativa si se selecciona alguno que no
sea el más económico, al IRSST para efectuar las oportunas comprobaciones, a fin de conseguir la mayor eficacia posible en el proceso de seguimiento y justificación. Aquellos de
los presupuestos que no sean entregados en fase de seguimiento, serán entregados, en todo
caso, en la fase de justificación.
Decimotercera
La elaboración de materiales que conlleven difusión pública a través de cualquier medio
y en cualquier formato, incluido el material gráfico y promocional, se realizará siguiendo las
indicaciones del “Manual de estilo para acciones definidas en convenios de colaboración con
el IRSST”, siendo preceptivo el uso de los logotipos y elementos de identidad corporativa en
el mismo señalados en la forma que se indiquen. Los logotipos y demás elementos de identidad corporativa de la entidad beneficiaria aparecerán única y exclusivamente en la forma en
que dicho manual establezca. La adecuación de cualquier tipo de material elaborado conforme al citado manual será valorada y aprobada por el IRSST de manera previa a su difusión final. A estos efectos, el IRSST se compromete a poner a disposición de la entidad beneficiaria
el manual de identidad corporativa debidamente actualizado.
La responsabilidad sobre los contenidos, valoraciones e interpretaciones incluidos en
el material elaborado al amparo del presente convenio corresponde a la entidad autora de
los mismos. En todo el material que se edite en la ejecución del presente convenio, deberá
de figurar la siguiente leyenda: “El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
colabora en la elaboración de este material en el marco del VI Plan Director de Prevención

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