D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240502-5)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación Empresarial de Alimentos de la Comunidad de Madrid (ASEACAM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 104

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MAYO DE 2024

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ras que oscilan entre los 7 y los 10 °C. Se trata de una banda que se encuentra por debajo del
umbral de comodidad. Los hornos y los cocedores de vapor generan calor radiante y húmedo. El estrés por calor puede producirse durante los cambios de estación y las olas de calor.
Esta actuación se llevará a cabo con medios ajenos.
Metodología.
Fase 1: fase de lanzamiento para la divulgación y difusión de la campaña.
En esta fase inicial se producirá el lanzamiento de la campaña para que la divulgación
y difusión sea lo más amplia posible y que toda empresa que esté interesada, participe.
Para reforzar su lanzamiento, ASEACAM enviará información a las empresas asociadas, mediante mailings, publicación en la página web, redes sociales, etc.
Fase 2: asesoramiento a empresas del sector.
Se visitarán 15 empresas de la industria alimentaria a las que se asesorará sobre la exposición del personal a contaminantes higiénicos, medidas de prevención y de protección
para una correcta higiene industrial.
Para ello, se utilizará un check-list de toma de datos que permitirá obtener información
sobre la exposición a contaminantes higiénicos, tiempo de exposición y medidas de prevención y de protección que adopta la empresa; el método de control de exposición (evaluaciones específicas, mediciones, etc.) contemplando la posible exposición a contaminantes físicos, químicos y biológicos y el uso de Equipos de Protección Individual.
La exposición a contaminantes higiénicos se analizará contemplando los tres grandes
grupos: físicos, químicos y biológicos. En caso de que estas evaluaciones estén incompletas, serán implementadas dando prioridad a los riesgos más relevantes de la actividad.
Fase 3. Implementación.
Dependiendo del resultado obtenido en la fase de diagnóstico y teniendo en cuenta la
actividad concreta de la empresa participante, se procederá a implementar si fuera el caso,
la medición que más pueda repercutir en la mejora de la salud y seguridad del entorno de
trabajo de esa empresa, o sea la medición más representativas por puesto para mitigar los
posibles riesgos identificados: ruido, luz, temperatura, polvo fracción respirable e inhalable
(máximo 3 técnicas de medición diferentes por empresa).
Cada una de las empresas que participe recibirá un informe con el resultado de su participación, que incluirá propuestas y pautas de trabajo a modo de recomendaciones preventivas para una correcta higiene industrial, incluyendo una planificación de medidas teniendo en cuenta el resultado de las mediciones higiénicas (si fuera el caso) que se hubiesen
llevado a cabo en el trascurso y cumplimiento de esta campaña.
Fase 4. Realización del informe global.
Se elaborará un informe global de resultados que permitirá conocer el grado de implantación en las empresas, sobre medidas de prevención y protección dirigidas a la adquisición de métodos de trabajo higiénicos y seguros para los trabajadores; se mantendrá en
todo momento el secreto y la confidencialidad de los datos de las empresas participantes.
El objeto de esto informe es proporcionar datos que nos permitan extraer información
agregada de la situación de cada aspecto preventivo analizado en la campaña, para que tanto la Asociación como el IRSST puedan diseñar sus actuaciones de apoyo al sector en materia preventiva, en función de los resultados que se desprenden de estos análisis.

Para la realización de este proyecto se contará, al menos, con el personal que se relaciona a continuación para la correcta ejecución de las acciones del convenio. Las tareas podrán repartirse entre varias personas pertenecientes a cada categoría, pero se mantendrán las
horas totales y el presupuesto.
1) 1 Director de proyecto con funciones propias del cargo. Realizará un máximo
de 300 horas/año.
2) Al menos 1 técnico superior de prevención de riesgos laborales, técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales (ciclo formativo de grado superior
de Formación Profesional) o técnicos capacitados para desarrollar las funciones
de nivel intermedio, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de
los Servicios de Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

BOCM-20240502-5

Tercera
Recursos humanos propios de ASEACAM para la realización
de las actuaciones a desarrollar en ejecución del convenio