Tres Cantos (BOCM-20240430-81)
Urbanismo. Plan parcial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 102

mayor superficie posible de parcela lucrativa libre de edificaciones y por esa razón la tipología de parcelas lucrativas es muy diferente, en las parcelas situadas al este de la vía del
ferrocarril que en la gran parcela situada al oeste de la vía del ferrocarril.
— La parcela lucrativa situada al oeste de la vía del ferrocarril: Es una gran superficie
de terreno de aprox. 410.079,47 m2 con un área de movimiento para las edificaciones de aprox. 164.241,47 m2, con un frente a vía pública de aprox. 550 metros
de longitud. De esta forma la parcela tendría aproximadamente el 60 por 100 de
su superficie, como espacio libre donde se generarías medidas de sostenibilidad
ambiental. Lo anterior es posible por tener las parcelas una edificabilidad muy
baja de 0,248 m2c/m2s.
Además hay dos parcelas complementarias de infraestructuras y servicios públicos:
— La primera parcela de infraestructuras y servicios de gran dimensión de, aproximadamente, 59.793,43 m2, que discurre por la linde norte y oeste del ámbito con
ancho variable: en la parte más al noroeste con un ancho entre 35 y 50 metros, para
enterrar la acometida eléctrica de alta tensión, después un ancho de 20 metros hasta el final de la linde norte y la parte que discurre paralelo a la linde oeste del ámbito, con un ancho de 40 metros que podrá ser utilizado como pasillo eléctrico para
futuras líneas de 400 kV hasta la linde con la Zona ZO-10 y en la parte final también con 40 metros de ancho se prolonga hacia el este por la linde de la ZO-10 para
la construcción de la EDAR para los desarrollos de la Cuenca Oeste de Tres Cantos. También esta parcela sirve de cortafuegos.
— La segunda parcela de infraestructuras y servicios públicos de menor dimensión,
de aprox. 7.624,45 m2, situada en el extremo sur este del ámbito lindando con la
Zona ZO-10 para posibilitar la ejecución de un estanque de tormentas y posibles
conexiones de instalaciones con la ZO-10.
Las otras dos parcelas lucrativas se sitúan al este de la vía del ferrocarril, entre esta infraestructura y la vía de servicio de la M-607.
— La mejor parcela, en una posición privilegiada con un frente de parcela de 250 metros de longitud a la vía de servicio de la carretera M-607, es para el Ayuntamiento de Tres Cantos donde se localiza el 10 por 100 del aprovechamiento, tiene una
superficie aprox. de 18.500 m2 y está rodeada por tres de sus lados de vía pública
de movilidad sostenible.
— La otra parcela, afectada por servidumbre de paso de una línea de alta tensión
de 220.00 voltios Red eléctrica de España, con un frente de parcela a la vía de
servicio de la carretera M-607 tiene una superficie aprox. de 17.796 m2 y está rodeada por tres de sus lados de vía pública de movilidad sostenible.
Las parcelas para dotaciones públicas de zona verde y equipamiento se sitúan también
al este de la vía de ferrocarril, en una posición adecuada para el uso público que permitirá
el disfrute de los ciudadanos.
Ver Plano IF 1. Imagen final no vinculante. Escala 1:2.000.
1.6.3. Ordenación propuesta en relación con las afecciones.
Las afecciones existentes se han tenido en cuenta en la ordenación pormenorizada propuesta en el Plan Parcial de Reforma Interior de la UE-5.
Afección línea ferroviaria:
El ámbito está atravesado de norte a sur por la línea ferroviaria denominada “Nuevo acceso
ferroviario al norte y noroeste de España tramo Colmenar Viejo-Tres Cantos y subestación eléctrica La Cereal”, que divide la UE-5 en dos partes: una parte de grandes dimensiones situada al
oeste de la línea ferroviaria (528.726,38 m2) y otra parte alagada y estrecha (132.632,56 m2), situada al este de la línea ferroviaria.
La línea ferroviaria es exterior a este Plan Parcial de Reforma Interior, según se refleja en el documento de aprobación definitiva de la delimitación de los ámbitos, Zona de Ordenación ZO-10 y Unidad de Ejecución UE-5 del Área Homogénea 4.4 y recogida en los
planos de este Plan Parcial de Reforma Interior.
Definidas la arista exterior de la plataforma y la arista exterior de la explanación, la ordenación de este Plan Parcial de Reforma Interior no le afecta la línea límite de la zona de
dominio público, la línea límite de la edificación y la línea límite de la a zona de protección,
según los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, y sus modificaciones según Ley 26/2022, de 19 de diciembre, del Sector Ferroviario.

BOCM-20240430-81

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