Tres Cantos (BOCM-20240430-81)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 102

7.2.10. Medidas para la mitigación de riesgos por incendios forestales.
— De manera general, se deberá aplicar lo establecido en el Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil
de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).
— Las edificaciones para uso industrial deberán disponer de una red perimetral de hidrantes según normativa específica o, al menos:
d Diámetro de la conducción de 100 mm.
d Caudal de 17 l/s.
d Presión mínima de 1 bar.
— En su defecto contará con tomas de agua (caudal de 12 l/s o de acuerdo con lo establecido reglamentariamente).
— Se mantendrán limpios de vegetación seca tanto los viales internos como los de
acceso, así como sus cunetas.
Medidas preventivas y correctoras a adoptar en fase de obras
del proyecto de urbanización

Se tendrán en cuenta, preferentemente, en lo que no entre en contradicción con las ordenanzas municipales en la materia, las siguientes medidas a adoptar, durante la fase de ejecución de las obras que se desarrollen en el ámbito UE-5. Para ello deberán ser recogidas
en los proyectos de obras de urbanización y edificación.
7.3.1. Medidas de carácter general.
— Con el fin de minimizar las posibles afecciones sobre el medio natural, antes de
comenzar cualquier acción sobre el terreno, se balizará la zona de ocupación de
las obras, de forma que no transite maquinaria pesada fuera de sus límites. El jalonamiento se realizará mediante cinta de señalización de obra de color rojo y
blanco, o negro y amarillo, por razones de visibilidad.
— Durante la fase de construcción se evitará generar nuevos accesos a las obras,
aprovechando la red de caminos existentes en el interior de la zona de actuación.
— Se llevará a cabo el balizamiento de las grúas, así como que dicho balizamiento
deberá ser diurno y nocturno, empleándose los sistemas apropiados según normativa, debido al peligro que suponen los obstáculos de gran altura para el vuelo de
los helicópteros.
— La localización de las edificaciones temporales de obra e instalaciones auxiliares
(parque de maquinaria, zonas de almacenamiento de residuos, etc.), deberá caracterizarse por su accesibilidad, su completa impermeabilidad (en caso de llevarse a
cabo labores de mantenimiento de maquinaria) y encontrarse suficientemente alejadas de los cauces, para evitar derrames y vertidos de sustancias peligrosas a los
citados cursos.
— Del mismo modo, dichas edificaciones e instalaciones temporales se localizarán lo
suficientemente alejadas de áreas arboladas.
— Será necesaria la elaboración por parte de la constructora de los siguientes planes:
d Un Plan de Obra por la constructora que contemple:
– Las precauciones a tomar en el transporte y acopio de materiales, regado de
pistas, etc.
– La organización en el calendario de excavaciones y rellenos de manera que
se aprovechen al máximo los huecos iniciales, reduciendo así el volumen de
escombreras, vertederos temporales y acopios intermedios.
– El control y recogida de la totalidad de los productos residuales y suelos
contaminados para proceder a su envío a un gestor autorizado.
d Elaboración de un Plan de Explotación del parque de maquinaria, con múltiples
objetivos:
– Control y gestión de los residuos (baterías, aceites usados, etc.)
– Protección frente a la contaminación por vertidos del sistema hidrológico.
– Protección frente a la contaminación por vertidos del suelo.
d Elaboración de un Programa de Vigilancia Ambiental con el objetivo de:
– Velar por que, en relación con el medio ambiente, las actividades se realicen
según están definidas en el Proyecto y en las condiciones en que se han autorizado.

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