Alcalá de Henares (BOCM-20240429-62)
Urbanismo. Plan especial
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B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

1.5.4. Simultaneidad de las obras de urbanización y de edificación:
Con la finalidad de agilizar el proceso de edificación se autoriza la ejecución simultánea de las obras de urbanización del Plan Especial con las de edificación de la Parcela privada. En cualquier caso, no se podrá ejercer actividad alguna en la parcela sita en el número 33 de Avenida de Daganzo, hasta la recepción de las obras de urbanización por el
Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
1.5.5. Modificación de determinaciones de ordenación pormenorizada:
La parcela privada del Sector 30 A se rige por las condiciones urbanísticas de la ordenanza 12 Industria Exenta, donde se establece una ocupación máxima en parcela de un 50 %.
La calificación como dominio y uso público-zona verde, de una superficie de 1.728,57 m2
incluida originalmente en la Parcela privada, con la finalidad de compensar la reducción provocada por el nuevo vial, provoca una menor superficie ocupable en la Parcela privada. Menor superficie ocupable que impide materializar parte de la edificabilidad atribuida en el uso
industrial, donde se consume más ocupación que altura por razón de su funcionalidad.
Para mitigar el impacto sobre el contenido del derecho de la propiedad privada, el plan
especial incrementa la ocupación en planta del 50 % al 55 %. Determinación de ordenación
pormenorizada permitida por el artículo 50.3 LSM.
El incremento de la ocupación en planta resulta congruente y compatible con la ordenación estructurante y territorial, donde no existe una prohibición sobre la modificación de
este parámetro, con la que es congruente al no modificar parámetros estructurantes, facilitar
materializar la edificabilidad atribuida a la parcela evitando una vinculación singular. Además, la mayor ocupación no afecta a los retranqueos de la parcela, motivo por lo que no existe una afección a las parcelas colindantes situadas en distintos ámbitos de ordenación.
1.6. Cumplimiento de la normativa y afecciones sectoriales.
1.6.1. Documentación del Plan Especial:
Este documento de ordenación urbanística incorpora la documentación requerida
por el artículo 52 LSM, por el Reglamento de Planeamiento, aprobado por el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio y por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Además de estas las disposiciones normativas, se han observado las “Recomendaciones de documentación técnica mínima de los instrumentos de planeamiento y autorizaciones en suelo urbanizable no sectorizado y no urbanizable de protección en la Comunidad de Madrid”, elaboradas por la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de
Madrid.
Finalmente, este documento agrega los informes, documentos y estudios requeridos
por las normas sectoriales afectadas.
1.6.2. Normativa sectorial:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la LSM, tras la aprobación inicial se someterá el expediente a información pública, requiriendo simultáneamente los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que,
por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios.
En cualquier caso, el Plan Especial respeta las distintas normas sectoriales que le
afectan. A continuación, se detalla la esencial para una posterior justificación del cumplimiento normativo:
Evaluación Ambiental:
— Ley 2/2002 de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
— Ley 4/2014, de 22 diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
— Ley Estatal 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Vías pecuarias:
— Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el
Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
Carreteras:
— Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
— Plan Integral de Movilidad Urbana Sostenible {PIMUS) de Alcalá de Henares.

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