Alcalá de Henares (BOCM-20240429-62)
Urbanismo. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

Evaluación del cumplimiento de los principios de no discriminación por razón de género:
— Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
— Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del
impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.
Evaluación del impacto de la normativa en la infancia, la adolescencia y la familia:
— Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.
— Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
— Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Supresión de barreras arquitectónicas:
— Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid.
— Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico
de la Edificación.
— Decreto 13/2007 de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, por la que se aprueba “el Reglamento técnico de desarrollo en materia de
promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas”.
— Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para
el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
— Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de
su inclusión social.
— Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la
utilización de los espacios públicos urbanizados.
1.6.3. Estudio de tráfico:
Por el objeto del presente Plan Especial, se acompaña estudio de tráfico sobre el nuevo
acceso propuesto para la parcela sita en Avenida de Daganzo, número 33, de Alcalá de Henares, redactado por la empresa Vectio Traffic Engineering, S. L., y firmado por un equipo de
ingenieros y técnicos especializados.
El estudio de tráfico concluye que el nuevo acceso es perfectamente compatible con el
entorno donde se encuentra, sin provocar una afección significativa a la Avenida de Daganzo y a los viarios dentro del área de influencia de la Parcela. Se adjunta como Anexo 4.
1.6.4. Informe de vías pecuarias:
Con carácter previo a la redacción del presente Plan Especial, se solicitó informe al
Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid sobre la posible implantación del acceso propuesto con recuperación de la vía pecuaria (Colada de Montesinos), emitido el 28
de abril de 2022, siendo favorable a dicho acceso siempre que se cumplan las condiciones
establecidas en dicho informe, Anexo 5.
1.7. Normas del plan especial.
Se desarrollan las Normas del Plan Especial, que tendrán por objeto regular las condiciones en las que se ejecutará el nuevo acceso y la recuperación de la vía pecuaria, así como
las cargas que se asumen por la promotora y propietaria de la parcela privada a la que se
dota de acceso.
«Artículo 1. Ámbito y características.—1. El ámbito de aplicación de estas Normas es el del propio Plan Especial de Mejora de la Infraestructura Viaria, formado por:
— La parcela privada del Sector 30-A colindante con la parcela 15 A del Sector 30-0.
Parcela clasificada como suelo urbano y calificada como clave 12-industria exenta en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares.
— La parcela 15 A del Sector 30-0, propiedad del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, y calificada como espacio libre de destino y uso público por el Plan Parcial del
Sector 30- 0.
— Parte de la superficie de la Avenida de Daganzo afectada por el nuevo acceso, propiedad del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, calificada como vial público.

BOCM-20240429-62

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