Pelayos de la Presa (BOCM-20240429-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

Todos los miembros del Tribunal deberán poseer el nivel de titulación necesario para
el acceso al subgrupo de clasificación A2, de acuerdo con el artículo 76 y la disposición
transitoria tercera del Estatuto Básico del Empleado Público.
Recursos: contra los actos y decisiones del Tribunal de Selección que imposibiliten la
continuación del procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión y se
funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47
y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se podrá interponer por la persona interesada recursos de alzada
ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otro recurso que se
estime oportuno.
Décima. Sistema de selección y desarrollo del proceso
El sistema de selección será el de oposición libre. Constará de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio para los aspirantes:
— Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 80 preguntas,
con tres respuestas alternativas que versarán sobre el contenido del temario que figura como anexo a estas bases, siendo solo una de ellas correcta. El tiempo para
la realización de este ejercicio será 90 minutos. Al cuestionario se añadirán otras
cinco preguntas adicionales de reserva, para el caso de anulación posterior de alguna de aquéllas.
— Segundo ejercicio: consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos, que determinará el Tribunal, relacionado con las materias del programa que figura en el anexo
de estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
En el desarrollo del mismo no podrá utilizarse ningún libro o material de consulta.
Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezca, salvo causa de fuerza mayor, que
será valorada por el Tribunal, adoptando resolución motivada a tal efecto.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los aspirantes no podrán disponer, ni ser portadores de dispositivos electrónicos, de
telefonía, mensajería o similares, que permitan la comunicación, consulta, transmisión de
información, voz, registro y difusión de imágenes. El incumplimiento de esta norma comportará la exclusión del proceso selectivo del aspirante que incurra en dicha prohibición.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir
un plazo mínimo de setenta y dos horas.
Undécima. Calificación del proceso selectivo
Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 5 puntos en cada uno de ellos para superarla:
— Primer ejercicio: cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo
con 0,125 puntos. La pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres respuestas alternativas en blanco, o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración. La pregunta con contestación errónea será penalizada con 1/3 del valor de
la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal, es decir –0,04
puntos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo automáticamente declarados
“no aptos” y no podrán presentarse a la realización del segundo ejercicio, aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos.
Una vez realizado este primer ejercicio, el Tribunal de Selección publicará en el
tablón de anuncios municipal, la plantilla de respuestas correctas que servirá para
la corrección del mismo. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Se establece
un plazo de cinco días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación
de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma.
La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal
se hará pública con la publicación del listado de quienes hayan superado el primer
ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

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