Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240429-100)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 101

LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

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tos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Entidad. Asimismo, quedará a
disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Mancomunidad (dirección
https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es ).
La solicitud deberá ir acompañada por:
— Documento del NIF o, en su caso, pasaporte.
— Títulos académicos exigidos anteriormente para participar en la convocatoria, o de
estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
— Documentación acreditativa de haber recibido o impartido al menos 100 horas de
formación especializada en materia de violencia de género.
— Documentación acreditativa de tener una experiencia de, al menos, un año en la
atención especializada a víctimas de violencia de género.
— Carné de conducir.
— Curriculum vitae del aspirante, acompañado de la documentación acreditativa de
los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución en el plazo de máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, inserto en
su sede electrónica, se señalará un plazo de quince días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se hará advertencia de que,
trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, la Presidencia elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolución que se
publicará igualmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede
electrónica de esta Mancomunidad. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de
impugnaciones y recursos.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de anuncios de la Entidad, inserto en su sede electrónica;
en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede de la Mancomunidad, con un plazo mínimo de antelación de doce horas, si
se trata de un mismo ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de veinticuatro horas. Igualmente, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de treinta días naturales desde
la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
El Tribunal Calificador estará constituido por:
— Presidente designado por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral
fijo con titulación universitaria de grado o equivalente.
— Secretario: el de la Mancomunidad o miembro de la misma en quien delegue.
— Tres vocales designados por la Presidencia de entre funcionarios o personal laboral fijo con titulación universitaria de grado o equivalente.
Se designarán suplentes, que, en sustitución de los titulares, integrarán el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento
de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización
y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamacio-

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Sexta. Tribunal Calificador