C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240427-1)
Convenio colectivo –  Resolución del 12 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Club de Campo Villa de Madrid, S. A. (código número 28000612011985)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 100

2.- Su misión será la de aplicar los preceptos de este Convenio relativos a derechos
sociales, la de efectuar los correspondientes presupuestos y la de determinar los criterios selectivos
para la concesión de las ayudas de carácter social.
Entre las ayudas de carácter social cabe destacar:
a)

b)

c)

d)

e)

f)
g)

Bolsa de Navidad: La bolsa de Navidad para todos los trabajadores fijos del Club
ascenderá durante estos años a un total de 40.000 euros anuales que se distribuirán
entre los trabajadores mediante la entrega de una cesta de Navidad.
Fondo de Acción Social: El Fondo de Acción Social para atender las necesidades
sociales de los trabajadores del Club ascenderá durante el presente convenio a la
cantidad de 20.000, - euros. Este fondo quedará engrosado con el dinero líquido que
se recaude con ocasión del premio de Golf "Empleados del Club", así como con los
descuentos que por faltas de asistencia, puntualidad y permanencia se realicen en las
nóminas mensuales, y por cualquier otra cantidad que se recaude por los conceptos
que de común acuerdo se fijen.
Hijos discapacitados: Se establece una subvención de 125 euros mensuales para los
padres de hijos con discapacidad que figuren como tales reconocidos por la
Comunidad Autónoma de Madrid.
Para los padres de hijos con trastornos psicológicos o psicomotrices que estén
atendidos en centros especializados, previo informe médico y siempre que así lo
acuerde la Comisión de Acción Social, se establece una ayuda de 40 euros mensuales.
Fondo de créditos: La Empresa mantendrá un fondo anual de 100.000€ (cien mil
euros para conceder créditos al personal. Las condiciones generales de concesión, las
particulares y las solicitudes serán estudiadas y determinadas por la Comisión de
Acción Social. Se podrán solicitar préstamos de hasta 6000€ a pagar en 60 meses.
Seguro de vida: El Club de Campo mantendrá la póliza de Seguro de Vida para todos
los empleados/as fijos del Club de Campo.
En el caso de jubilaciones parciales, el seguro contratado por la empresa, de
producirse el hecho causante será abonado utilizando como base de cálculo las
condiciones económicas que tenía el trabajador/a en el momento anterior a su pase a
la jubilación parcial.
El coste de esta contratación correrá a cargo de la Empresa y la cobertura que se
contrate se fijará en función del coste global del seguro.
Seguro de Salud: La empresa mantendrá el seguro médico recogido en el convenio
anterior para todos los empleados fijos del Club de Campo Villa de Madrid.
Día del empleado: En el período navideño se cerrará un día al público el CCVM a fin
de desarrollar una jornada deportiva de convivencia de mañana entre todos los
empleados del CCVM que finalizará con una comida. La asistencia durante toda la
jornada es obligatoria debiéndose fichar tanto la entrada como la salida y permanecer
en el Club durante la misma.

Artículo 29.- Uniformidad. - Todo el personal de esta Empresa tendrá derecho a dos
uniformes al año:



Uniformidad de Invierno: chaqueta, pantalón, una camisa, botas, un forro polar y una
prenda de abrigo.
Uniformidad de verano: un pantalón y dos polos manga corta.

La prenda de abrigo tendrá una duración de dos años y en el año de su renovación, no se
entregará el forro polar separadamente sino integrado en la prenda de abrigo como prenda única
combinada.

Artículo 30.- Local para Acción Social. - El Club de Campo Villa de Madrid, S.A., facilitará
un local dentro del Club para las necesidades de la Comisión de Acción Social del Comité.
Artículo 31.- Reconocimiento Médico. - La Dirección de la Empresa gestionará ante las
Mutuas de Trabajo u Organismos competentes, la realización de un reconocimiento médico cada
año, de cuyo resultado se entregará copia a cada trabajador/a.

BOCM-20240427-1

A los empleados/as que no lleven estos uniformes y les corresponda otro cualquiera, la
Empresa les facilitará un uniforme cuando lo necesiten.