Alcalá de Henares (BOCM-20240425-64)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
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BOCM

JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 98

el ejercicio de su cargo. Dicha asistencia se prestará por el servicio jurídico municipal o bien por los
letrados contratados al efecto.
No obstante lo anterior, previa petición razonada del Concejal o de la Concejala afectado o
afectada, por parte de la Asesoría Jurídica podrá autorizarse la contratación externa por el mismo
para su defensa de su propio letrado y procurador, siendo únicamente reembolsados a posteriori
los gastos que resulten efectivamente acreditados, por medio de la correspondiente factura y
movimiento bancario, siempre que el Concejal afectado o la Concejala afectada no resulte
condenado o condenada por sentencia firme y por el importe máximo equivalente a los criterios
orientadores que correspondan.
2. No se facilitará asistencia jurídica cuando las acciones se interpongan entre los miembros de la
Corporación, salvo que se trate de acciones interpuestas contra los Concejales o las Concejalas
del Gobierno Municipal por el ejercicio directo de sus responsabilidades corporativas, en cuyo caso
el Ayuntamiento asumirá la defensa de éstos.
3. En el supuesto de existir condena firme por la comisión de un delito, los gastos ocasionados al
Ayuntamiento por la defensa, deberán reintegrase al mismo.

Capítulo II
Acceso a la información.

Artículo 16.- Derecho de acceso y petición.
1. Todos los Concejales y las Concejalas tienen derecho a obtener del Alcalde o Alcaldesa, de la
Junta de Gobierno, de los Concejales o las Concejalas que ostenten atribuciones por delegación y
de todos los órganos complementarios, todos los documentos y actuaciones que sirvan de
antecedentes y fundamento a la resolución administrativa, así como de las diligencias
encaminadas a ejecutarla y cuantos datos e informaciones estimen necesarios, que obren en
poder de los servicios de la corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función.
2. La petición de acceso a las informaciones deberá cursarse ante la Alcaldía Presidencia, con el
visto bueno del portavoz del grupo correspondiente en el que esté integrado el Concejal o la
Concejala, y se entenderá concedida por silencio administrativo en caso de que la Alcaldía
Presidencia no adopte resolución denegatoria en el término de cinco días a contar desde la fecha
de la solicitud. Este derecho sólo podrá ser limitado en los siguientes casos:
a) Cuando el conocimiento o difusión de los documentos o antecedentes pueda vulnerar el
derecho constitucional al honor, a la intimidad personal o familiar y a la propia imagen de
las personas. Los documentos que contengan datos personales de carácter policial,
procesal, tributario, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de
las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen
no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los
afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de veinticinco años desde su muerte, si
su fecha es conocida, o, en otro caso, de cincuenta años a partir de la fecha de los
documentos.
b) Si se trata de materias relativas a la seguridad ciudadana, cuya publicidad pudiera incidir
negativamente en la misma.
c) Si se trata de materias clasificadas en los términos de la legislación sobre secretos oficiales.
d) En caso de tratarse de materias amparadas por secreto estadístico o cualquier otra materia
limitada en su acceso por normas legales o reglamentarias.
e) Cuando se trate de antecedentes que se encuentren incorporados a un proceso judicial
penal, mientras permanezcan bajo secreto sumarial.
3. En todo caso, la denegación del acceso a documentación habrá de hacerse a través de
resolución motivada.
Artículo 17.- Obligación de facilitar información.
1. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, los Servicios municipales o los
funcionarios correspondientes estarán obligados a facilitar la información sin necesidad de que el
Concejal o la Concejala acredite estar autorizado o autorizada en los siguientes casos:

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