A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20240424-1)
Ley –  Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

Pág. 29

4. La gestión y tratamiento de los residuos en la Comunidad de Madrid se realizará
cumpliendo con la normativa de prevención de riesgos laborales, en particular, con aquellos residuos considerados peligrosos que puedan ser un factor de riesgo de exposición a
agentes biológicos, químicos o físicos para las personas trabajadoras que se encuentren realizando las labores de gestión y tratamiento de los mismos.
En este sentido, se promoverá la colaboración entre las unidades administrativas competentes tanto en materia ambiental como de seguridad y salud en el trabajo para el intercambio de información sobre la gestión de los residuos, en particular, de aquellos considerados peligrosos según la normativa vigente.
5. En todo aquello relativo a la producción, posesión y gestión de los residuos y su
régimen de traslado, así como la autorización y comunicación previa de dichas actividades,
no contemplado en la presente Ley, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8
de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Artículo 28
Medidas de prevención
La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales, en el ámbito
de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de prevención de residuos y tratamiento. Asimismo, podrán establecer medidas e incentivos para fomentar la adopción de planes de minimización voluntarios o desincentivar
la generación de residuos que no sean valorizables ni susceptibles de reincorporarse al ciclo productivo por otras vías, en el marco de la Estrategia para el Fomento de la Economía
Circular en la Comunidad de Madrid.
Artículo 29
Informes de los órganos competentes en materia de protección civil y emergencias

Artículo 30
Garantías financieras de las actividades de gestión de residuos
1. Las actividades de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos quedarán sujetas a la prestación de una fianza u otra garantía equivalente en la forma y cuantía que en
cada caso se determine. Dicha fianza tendrá por objeto responder frente a la administración
del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la
autorización o comunicación previa.

BOCM-20240424-1

1. Las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para asegurar que
la gestión de los residuos se realice sin poner en peligro la salud humana y sin dañar al medio ambiente y, en particular, la no generación de riesgos para el agua, el aire, el suelo, la
fauna y la flora. Además, velarán para que no produzcan perjuicios por el ruido o los olores y no atenten adversamente a paisajes ni a lugares de especial interés legalmente protegidos.
2. Durante el procedimiento de autorización de instalaciones fijas donde se lleven a
cabo operaciones de gestión de residuos, en los supuestos en los que sea exigible al titular
de la actividad la presentación e implantación de un Plan de Autoprotección de conformidad con la normativa vigente, será vinculante y preceptiva la emisión de los siguientes informes:
a) Del órgano competente en materia de protección civil, a los efectos de comprobar
el cumplimiento de la normativa básica de autoprotección.
b) De los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos, a los efectos de comprobar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de incendios.
Estos informes en el procedimiento de autorización deberán emitirse en el plazo máximo de dos meses.
3. En las operaciones de gestión de residuos efectuadas mediante instalaciones móviles sujetas a comunicación previa, en aquellos casos en los que no estén obligadas a la
concesión de una licencia de obras o equivalente y le sea exigible al titular de la actividad
la presentación e implantación de un Plan de Autoprotección de conformidad con la normativa vigente, se podrán solicitar los informes del apartado anterior para su inscripción.