A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20240424-1)
Ley –  Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

Pág. 25

Artículo 21
Cadena de valor de la construcción y edificación e infraestructuras
1. La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales, de acuerdo con sus respectivas competencias, fomentarán:
a) El uso de técnicas en el diseño y soluciones de construcción innovadoras y respetuosas con el medio ambiente, que favorezcan el confort térmico, la durabilidad,
la reciclabilidad, la utilización de energías renovables y la reducción del consumo
energético, mediante la incorporación de medidas pasivas de ahorro, demostrando la mejora mediante ACV.
b) Alternativas constructivas que promuevan el uso de materias primas secundarias
que cumplan los requisitos técnicos, ambientales y de seguridad de las materias
primas sustituidas, el empleo de materiales reutilizados o procedentes de residuos
que hayan alcanzado el fin de su condición como tal y la utilización de materias
primas locales para la fabricación de elementos constructivos y de materiales de
construcción.
c) Sistemas constructivos industrializados y prefabricados que favorezcan la construcción «en seco» o «en fábrica» y la reducción de residuos en obra.
d) La incorporación en los proyectos de construcción, urbanización y edificación de
criterios relativos a la eficiencia en el uso de agua, energía, materiales y recursos,
tanto en la fase de ejecución como de uso, teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles.
e) La demolición selectiva y la clasificación en el lugar de generación de los residuos
de construcción y demolición, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2022, de 8
de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
f) La rehabilitación en la construcción como medida de circularidad.
g) La compra y contratación de productos, materiales y servicios de proximidad
como sistema de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero inherentes al transporte, así como el apoyo a los productores locales.
2. La Administración de la Comunidad de Madrid promoverá:
a) En obras de construcción y demolición, la inclusión de aquellas fracciones susceptibles de ser valorizadas y reutilizadas in situ, promoviendo que se contemple en
el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición establecido en su
normativa específica, con objeto de planificar la demolición selectiva y la segregación de los residuos e identificar posibles vías o técnicas de aprovechamiento
de los materiales.
b) El diseño de procedimientos, por la dirección general competente en materia de
economía circular, que agilicen la tramitación administrativa para autorizar los almacenamientos temporales de tierras limpias, así como su uso en operaciones de
acondicionamiento, especialmente en la restauración de terrenos afectados por actividades mineras y otras obras de construcción.
3. A estos efectos, entre otras medidas, la Administración de la Comunidad de
Madrid, en el ámbito de sus competencias, implementará un sistema de transmisión de la
información en la cadena de valor de la construcción, que permitirá la trazabilidad de flujos de residuos y materiales que hayan obtenido el fin de condición de residuo, potenciando la reutilización de los materiales, la valorización de los residuos y el empleo de materiales reciclados, así como evitar el vertido incontrolado de residuos provenientes de la
construcción de edificios e infraestructuras.
Artículo 22
1. La administración autonómica y local, dentro del ámbito de sus competencias, fomentarán la reutilización de aparatos eléctricos y electrónicos, así como la recuperación de piezas, componentes y materiales de interés económico procedentes de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, la preparación para la reutilización y el reciclado mecánico o químico.
2. Adicionalmente, se fomentará la mejora de la gestión de los residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos a través de los puntos limpios y otros sistemas de recogida separada.
3. En todo caso se fomentará el apoyo para la introducción y generación de modelos
de diseño y fabricación de componentes eléctricos y electrónicos que utilicen la menor di-

BOCM-20240424-1

Cadena de valor del equipamiento eléctrico y electrónico y pilas