D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240424-30)
Convenio –  Convenio de 12 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster por estudiantes del Grado Universitario en Derecho de dicha Universidad.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

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Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido al responsable correspondiente, en los
términos previstos en la legislación de protección de datos.
En el caso de la UAM podrán hacerlo dirigiendo su solicitud a través de su sede electrónica: https://sede.uam.es/sede/derechosprotecciondatos
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
( www.aepd.es ), en su caso, de las autoridades autonómicas de protección de datos (Delegación de Protección de Datos de la Consejería).
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En caso de ser necesario las partes se obligan a suscribir cuantos documentos procedan conforme a derecho, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre protección
de datos.
En la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, dirigiendo la solicitud a la Delegación de Protección de datos a través de registro presencial o telemático, preferentemente
a través de medios electrónicos accediendo al formulario para el ejercicio de derechos que se
encuentra en la web de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid/prestacionsocial/ejercicio-derechos-proteccion-datos . En dicho formulario se indicarán, entre otros
datos, el derecho a ejercer, así como el responsable del tratamiento de los datos personales.
Séptima
Difusión
La Universidad y la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente
en la difusión y publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto a las reglas
e instrucciones que ambas entidades puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
Octava
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
Con el fin de facilitar el seguimiento, la vigilancia y el control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos, así como de llevar a cabo las actuaciones comunes
que correspondan, se constituirá una comisión mixta paritaria compuesta por representantes de cada entidad, que designará el Titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades o persona en quien delegue y representantes designados por la Universidad Autónoma de Madrid.
La comisión resolverá los eventuales problemas de interpretación y ejecución que pudieran derivarse. La comisión se reunirá siempre que se considere necesario y a instancia
de cualquiera de sus componentes.
Novena
Medidas contra situaciones de acoso
Las partes acuerdan que, en la medida de sus posibilidades, para abordar las posibles
situaciones de acoso de que pueda ser objeto cualquier estudiante, se aplicará el procedimiento específico de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades en la que se
esté realizando la práctica. De no existir será de aplicación el de la Universidad, adquiriendo ambas partes el compromiso de ponerlo en marcha, colaborar y garantizar en todo caso
la intervención de todas las partes.

Vigencia del convenio
El convenio, que se perfecciona por su firma por ambas partes con arreglo al artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tendrá una vigencia de cuatro años y podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes por un período de hasta cuatro años adicionales, que
deberá ser formalizado por escrito, antes de la expiración del plazo convenido.

BOCM-20240424-30

Décima