Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240423-81)
Urbanismo. Plan parcial
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B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ABRIL DE 2024

— Prevención de la contaminación de suelos y aguas superficiales o subterráneas. Se
aplicará estrictamente un programa de gestión de residuos de obra:
— Las zonas de almacenamiento temporal de residuos de obra se hallarán accesibles,
bien señalizadas y en buen estado de limpieza y conservación.
— Los residuos peligrosos líquidos se almacenarán en contenedores adecuados a las
cantidades producidas y éstos se colocarán sobre un cubeto de retención de posibles vertidos.
— Cualquier residuo peligroso se mantendrá en obra un máximo de seis meses.
— Los residuos serán retirados de la zona por empresas autorizadas como gestores de
residuos según la Comunidad de Madrid.
— Se prohibirá el vertido al suelo o al arroyo, en la zona de obra o fuera de la misma,
de los sobrantes de hormigón de los camiones hormigonera, o las aguas procedentes del lavado de estas hormigoneras o de las canaletas de codujón de hormigón.
Si fuera necesario se instalará una zona provisional de depósito de estos materiales, que luego serán retirados como residuo.
El mantenimiento de la maquinaria se realizará solamente en talleres autorizados, fuera de la zona de obra. Si fuera necesario realizar mantenimientos en obra, será preciso disponer en la obra de una zona impermeabilizada con un sistema simple de recogidas de pequeños vertidos. Cualquier vertido de hidrocarburos o lubricantes de la maquinaria será
recogido mediante absorbentes tipo sepiolita y el absorbente será dispuesto como residuo
peligroso.
5. Medidas en la fase de explotación:
Con objeto de minimizar los impactos al medio ambiente durante el funcionamiento
de las actividades establecidas en el Plan Parcial, y para favorecer una adecuada protección
del medio ambiente, se recomiendan a continuación una serie de medidas preventivas y correctoras.
— Medidas de protección contra la contaminación lumínica:
d Para controlar la contaminación lumínica se debe evitar la emisión directa de
luz hacia el cielo, por medio de luminarias orientadas en paralelo al horizonte,
bombillas bien apantalladas y eficientes, de la potencia necesaria para alumbrar
el suelo de acuerdo con los criterios de seguridad, pero no más, y cuyo flujo de
hemisferio superior no sea superior al 20 por 100 del emitido. También se deberán emplear preferentemente las luminarias que tengan el vidrio refractor de
cerramiento plano y transparente.
— Medidas de protección de los recursos hídricos y energéticos.
— Medidas de prevención y corrección frente a la situación acústica.
d El conflicto existente en el contacto con la EDAR, que aparece exclusivamente
durante el periodo nocturno, se resuelve mediante la construcción de un muro
de fábrica de ladrillo en el segmento afectado, a instalar en el perímetro del
Aula de Naturaleza en contacto con la EDAR. Las dimensiones de este muro
son 65 m de longitud y 4 m de altura.
Esta medida correctora solamente sería necesaria si en el Aula de Educación
Ambiental existiesen actividades en periodo nocturno.
Por lo tanto, no cabe la implementación de medidas de corrección, en tanto en
la parcela destinada a “Aula de Educación Ambiental” no exista actividad docente y cultural durante el periodo nocturno.
d Por otro lado, el Ayuntamiento, en el ejercicio de sus competencias, regulará la
velocidad máxima admitida en el viario interior a 30 km/h, mediante señalética y medidas disuasorias como badenes, siguiendo los estándares urbanos que
aplica en la actualidad.
— Será preciso el mantenimiento correcto de todas las medidas de eficiencia energética y ahorro de agua, introducidas en el diseño de las edificaciones.
— Se realizarán revisiones periódicas de todos los elementos:
d Sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica y fotovoltaica.
d Redes separativas de recogida de aguas y aljibes.
d Sistemas de riego.
d Alcantarillado.

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