Alcalá de Henares (BOCM-20240422-34)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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BOCM

LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

b) Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho
Público de distintas Administraciones se formalizará mediante firma del correspondiente convenio entre ellas, que deberá ser publicado en el “Boletín Oficial del
Estado”, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia,
según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante, salvo en el supuesto de la gestión ordinaria de los servicios de las Comunidades Autónomas por
las Diputaciones Provinciales o en su caso Cabildos o Consejos insulares, que se
regirá por la legislación de Régimen Local.
Ambas partes consideran necesario formalizar un convenio de encomienda de gestión
para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones. Por lo expuesto, de conformidad
con el artículo 11 de la LRJSP, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda de gestión, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la encomienda
La encomienda de gestión a que se refiere el presente instrumento de colaboración tiene por objeto establecer y regular el mecanismo de cooperación por el que el Ayuntamiento
de Alcalá a través de su órgano de contratación, prestará su asistencia a través de la gestión
de sus servicios administrativos en la tramitación del expediente de contratación del servicio de asesoría contable, fiscal y laboral del Consorcio
Segunda. Ámbito de aplicación subjetivo
Son partes de la presente encomienda de gestión, el Consorcio como administración encomendante, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares como administración encomendada.
Tercera. Titularidad de las actividades encomendadas
Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 de la LRJSP, esta encomienda no supone
la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio,
siendo responsabilidad de la administración encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material
objeto de encomienda.
Cuarta. Compromisos del Consorcio Patrimonio Alcalá de Henares
Comunicará, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante la contratación de un servicio externo de asesoría contable, fiscal y laboral, así como
la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas.
Quinta. Compromisos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares
El Ayuntamiento de Alcalá se compromete a:
1. Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la encomienda de gestión.
2. Creación de un “perfil del contratante” del Consorcio en PLASCP donde se identificarán los datos del Consorcio Patrimonio de la Humanidad con los datos necesario para
du identificación que exija la Plataforma de Contratación del Sector Público (logo, NIF,
contacto, etc.).
3. Impulsar, tramitar y publicar el expediente de contratación el de los servicios de
asesoría contable, fiscal y laboral del Consorcio.
4. Realizar el proceso de licitación a través de su mesa de contratación permanente.
5. Realizar cualesquiera otros trámites, actos, asesoramientos etc., que, pese a no
quedar explícitamente recogidos en este convenio, resulten necesarios o aconsejables para
la correcta licitación y contratación de los servicios de asesoría contable, fiscal y laboral del
Consorcio.
Sexta. Financiación y justificación del gasto
El presente convenio tiene carácter gratuito y las actuaciones objeto del mismo se realizarán con los medios propios del Ayuntamiento de Alcalá de Henares que prestan servi-

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