Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240422-56)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM

LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

de 2023, y las modificaciones de 19 de octubre de 2023 y 8 de enero de 2024, vengo en
acordar lo siguiente:
Primero.—Modificar los apartados que, a continuación, se refieren del Decreto de Estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de 21 de septiembre de 2023 (modificado
por decretos de 19 de octubre de 2023 y 8 de enero de 2024), quedando de la siguiente forma:
a) Apartado Segundo. 3. Área de Gobierno de Familia y Conciliación, Cultura y
Política Social.
Se atribuyen a esta Área de Gobierno los asuntos relativos a Familia, Política y
Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Conciliación, Igualdad,
Cultura, Fiestas y Tradiciones, Educación, Deportes, Juventud y Voluntariado.
b) Título: Apartado Segundo. 3.1.1. Concejalía Delegada de Política Social y Mayores.
c) Título: Apartado Segundo. 3.1.5. Concejalía-Delegada de Juventud y Voluntariado.
Segundo.—Delegar en los titulares de las Áreas y de las Concejalías-Delegadas las
competencias que seguidamente se refieren, que se realiza con el carácter de delegación genérica incluyendo en su ámbito de actuación las delegaciones especiales para los cometidos
que se señalan, dentro del marco del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y legislación concordante, todas ellas con una vigencia indefinida en el tiempo en tanto no se modifiquen o avoquen por decreto de la alcaldesa o hasta la constitución de una nueva Corporación tras la celebración de elecciones
municipales.
1. Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda
y Embellecimiento y Desarrollo de la ciudad
Se atribuyen a esta Área de Gobierno los asuntos relativos a Urbanismo, Vivienda y
Rehabilitación, Obras, Infraestructuras Urbanas, Medio Ambiente, Agua, Saneamiento,
Conservación de Espacios Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas,
Limpieza Viaria, Parques, Jardines y Fuentes Ornamentales, Mobiliario Urbano, Residuos
Urbanos, Alumbrado, Contratación, Edificios, Salud Pública, Consumo, Protección Animal, Movilidad, Transportes, Distritos y Atención a las Urbanizaciones.
1.1. Competencias de la titular del Área.
Como responsable del Área de Gobierno le corresponde el ejercicio de las funciones
establecidas en el artículo 62, del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (ROGA) además del ejercicio de las siguientes
competencias:
I. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Urbanismo, Vivienda y Rehabilitación le corresponden las siguientes:
1. Coordinación de los órganos que integran Urbanismo y Vivienda.
2. Establecer e impulsar los objetivos del Área de Gobierno en materia de urbanismo
y vivienda.
3. Elevar al órgano competente la aprobación de toda clase de instrumentos de planeamiento y ordenanzas urbanísticas.
4. Elevar al órgano competente la aprobación de toda clase de instrumentos de ejecución urbanística.
5. Elevar al órgano competente la aprobación de las ordenanzas generales en materia
de urbanismo y vivienda.
6. Elevar al órgano competente para su aprobación los proyectos de expropiación
forzosa.
7. Ejercer las demás competencias en materia de urbanismo que la legislación vigente
atribuye expresamente al alcalde y, en particular, las que le asigna la Ley 9/2001,
del Suelo de la Comunidad de Madrid y no estén delegadas en otros órganos
municipales.
8. Elevar al órgano competente la aprobación de los programas de vivienda y rehabilitación.
II. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Obras,
Infraestructuras Urbanas, Medio Ambiente, Agua, Saneamiento, Conservación de Espacios
Naturales, Conservación y Mantenimiento de Vías Públicas, Limpieza Viaria, Parques, Jar-

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