C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240418-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 92

Plazo de ejecución de las actuaciones
El plazo de ejecución de estas actuaciones es el año 2024.
Costes previsibles y fuente de financiación
La subvención nominativa a favor del Comité Madrileño del Transporte por carretera
cuenta con la cantidad de 64.000 euros, que se financiará con cargo al subconcepto 48041
“Comité Madrileño del Transporte por Carretera” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Plan de acción
Esta ayuda se encuentra prevista como subvención nominativa en los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
De conformidad con la normativa vigente se instrumentará en régimen de concesión directa mediante la suscripción del oportuno convenio-subvención entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Comité Madrileño de Transportes por Carretera.
Seguimiento y evaluación
El seguimiento y control corresponderá a la Dirección General de Transportes y Movilidad.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, la Intervención General, la
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y otros órganos competentes podrán realizar cuantas comprobaciones estimen oportunas, y recabar información del beneficiario para
verificar la adecuada aplicación de la ayuda.
El beneficiario y, en su caso, los terceros relacionados con el objeto de las ayudas quedan
obligados a facilitar el ejercicio de las funciones de control y, en particular, las derivadas de lo
dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siendo de aplicación a los beneficiarios, en materia de infracciones, el régimen
sancionador previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Subvenciones dirigidas al fomento de la prestación del transporte a la demanda
con automóviles de turismo, en la Sierra Norte de Madrid y en otras zonas rurales
del suroeste y sureste de la Comunidad de Madrid
Con la presente línea de subvención se pretende contribuir al fomento de la prestación
del transporte a la demanda con automóviles de turismo, en distintas zonas rurales de la Comunidad Madrid, al objeto de ampliar, optimizar y complementar la oferta de transporte publico existente en dichas zonas, garantizando el acceso de sus habitantes tanto a servicios
básicos como al transporte público regular de viajeros, que les permita desplazarse al resto
del territorio nacional, que se encuentra en los municipios de mayor población.
La finalidad de esta subvención es contribuir al plan para la revitalización de estos municipios, frenando la actual tendencia de despoblación de la zona, favoreciendo nuevos
asentamientos en aquellos municipios que por su dotación de servicios y conexiones de
transporte resultan menos atractivos.
Este proyecto se encuentra en la estrategia adoptada por la Comunidad de Madrid en el
año 2018 para Revitalizar los Municipios Rurales de la región y evitar su despoblamiento.
Dicha estrategia, integrada por un total de 100 medidas, tiene por objetivo atraer y
arraigar a la población joven en 78 municipios madrileños con menos de 2.500 habitantes,
de los cuales 41 se localizan en la Sierra Norte.
La medida n.o 40 corresponde a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y está referida al “proyecto piloto de servicio a la demanda de transporte colectivo en
los municipios de la Sierra Norte para comunicarlos con aquellas localidades que disponen
de parada de autobuses que conectan con la capital o con otros grandes municipios”.
Asimismo, con base a la estrategia antes citada, al objeto de atraer y arraigar a la población joven, así como garantizar el acceso de sus habitantes a los servicios básicos se pretende implantar este modelo de transporte en otras zonas de la Comunidad de Madrid, concretamente en las zonas sureste y suroeste, en las que se dan las mismas condiciones y
particularidades que en la anterior, mediante el establecimiento de las oportunas Área territoriales de Prestación Conjunta de los servicios de Transportes de Viajeros en Automóviles de Turismo y la suscripción de los correspondientes convenios-subvención.

BOCM-20240418-23

Objetivos y efectos perseguidos