C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240418-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024

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El beneficiario y, en su caso, los terceros relacionados, en su caso, con el objeto de las
ayudas quedan obligados a facilitar el ejercicio de las funciones de control y, en particular,
las derivadas de lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siendo de aplicación a los beneficiarios, en materia de
infracciones a los beneficiarios, el régimen sancionador previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
La evaluación de esta línea de subvenciones se basará en los siguientes indicadores:
— Importe del crédito ejecutado y porcentaje sobre el disponible.
— Número de solicitudes registradas.
— Número de solicitudes concedidas.
— Número de solicitudes justificadas.
— Número de solicitudes pagadas.
— Número de entidades subvencionadas.
— Número de actuaciones realizadas.
— Número de personas beneficiadas.
Con la evaluación de esta línea de subvención se persigue:
— Valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos.
— Valorar el grado de idoneidad, eficiencia y eficacia de las actividades subvencionadas.
— Valorar las dificultades encontradas al realizar las actividades.
— Analizar los resultados para facilitar la toma de decisiones en la planificación de
actuaciones futuras.
La evaluación se realizará mediante la elaboración de una memoria.
Al tratarse de subvenciones anuales, las desviaciones que se pueden producir son mínimas. No obstante, si al realizarse el seguimiento técnico por el personal de la Dirección
General de Transportes y Movilidad o, en su caso, el seguimiento económico, se identificaran desviaciones en cuanto al cumplimiento de los objetivos o de las actuaciones previstas, se procederá a su adaptación.
ANEXO II
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA
1. Subvención nominativa a favor del Comité Madrileño de Transporte por Carretera
Teniendo en cuenta la existencia en la Comunidad de Madrid de una específica casuística dentro del sector del transporte y para procurar armonizar y ordenar dicho sector, mediante Decreto 2/2005, de 20 de enero, se creó el Comité Madrileño del Transporte por Carretera para, del modo más ágil y eficaz posible, de forma similar a lo que se hace a nivel
estatal, mediante el Comité Nacional del Transporte por Carretera, articular la colaboración
de las empresas de transporte con la Administración autonómica madrileña en el ámbito de
sus competencias, aplicando criterios participativos y pluralistas.
El Comité Madrileño de Transporte por Carretera se configura, por tanto, como un órgano de representación y de colaboración con la Administración que constituye, para la Administración de la Comunidad de Madrid un instrumento especialmente idóneo para facilitar su
relación con los diversos agentes del sector del transporte por carretera, al estar integrado por
los representantes de las asociaciones más representativas implantadas en su territorio.
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid, siendo consciente de la importancia del adecuado funcionamiento del Comité y de
que, tratándose de una entidad sin ánimo de lucro, carece de recursos propios para atender
este gasto (a semejanza de lo que ocurre con el Comité Nacional), entiende que debe prestar al mismo el apoyo necesario para el adecuado desarrollo de sus tareas, siendo este el objetivo que se persigue con la presente subvención.
Las actuaciones que se realicen a través de esta línea de ayuda contribuirán a:
— Establecer un cauce de participación integrada del sector empresarial del transporte con la Administración de Transportes.
— Asegurar un adecuado funcionamiento del Comité Madrileño del Transporte por
Carretera en sus funciones de informe y colaboración con la Administración en las
funciones públicas que le afecten.

BOCM-20240418-23

Objetivos y efectos perseguidos