Brunete (BOCM-20240417-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 91

electrónica del Ayuntamiento, propuesta provisional de constitución de bolsa de trabajo que
incluirá la relación de aspirantes por el orden de puntuación final obtenida, concediendo un
plazo de 5 días hábiles para la presentación de reclamaciones.
Una vez resueltas las reclamaciones el Tribunal Calificador formulará y hará pública
en el tablón de anuncios de la sede electrónica propuesta definitiva de constitución de bolsa de trabajo, que será aprobada por resolución de Alcaldía. En el caso de que no se registrasen reclamaciones en plazo a la propuesta provisional de constitución de bolsa de trabajo ésta se entenderá elevada directamente a definitiva.
Base novena. Formalización y contratación.—El aspirante en quien recaiga la propuesta de nombramiento presentará en el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Brunete, dentro del plazo de 10 días naturales, computados desde el siguiente
a la publicación del anuncio con el resultado final del proceso de selección en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos:
— Original de la titulación académica que se detalla en la base tercera o certificación
académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación
— Declaración responsable de no hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de cargos
públicos y de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración Público.
— Certificado médico de no sufrir enfermedad o incapacidad física o psíquica que
impida el normal ejercicio de la función.
Finalizado este plazo, o en su caso con anterioridad al mismo si se hubiesen presentado los documentos exigidos, por el órgano competente se procederá a la contratación como
personal laboral temporal en el plazo que se determine.
Base décima. Funcionamiento de la bolsa de trabajo.—10.1. Las personas integrantes de la bolsa serán llamadas por el orden establecido y en la medida en que vayan surgiendo necesidades de personal.
A los efectos de mejorar la agilidad en la localización de la persona a nombrar o contratar, en las solicitudes de participación en los procedimientos selectivos se deberá indicar
dos medios por los que desee recibir los avisos de entre los siguientes: notificación electrónica, teléfono móvil, teléfono fijo o correo electrónico. Si no se optase por ninguno de estos medios, los avisos se realizarán mediante llamada telefónica y un correo electrónico (en
dos días diferentes).
El personal encargado de realizar los llamamientos extenderá una diligencia que, se
unirá al expediente, para dejar constancia del llamamiento y del sistema de comunicación
empleado.
Las personas integrantes de las bolsas deben comunicar al departamento de personal
del ayuntamiento cualquier modificación de sus datos personales, especialmente, los de su
localización, siendo de su total responsabilidad la actualización de los mismos y las consecuencias que puedan derivarse de la falta de comunicación.
Producido un llamamiento, la persona aspirante dispone del plazo de dos días hábiles
para la aceptación o la renuncia, que en ambos casos, deberá presentarse por registro de entrada. Si no presentarse en el plazo y en la forma indicados, se entenderá que rechaza la
oferta, dando lugar a la exclusión de la bolsa. Dicha circunstancia se hará constar mediante diligencia.
En caso de extraordinaria urgencia y únicamente para los servicios de atención directa, cuya motivación constará en el expediente, se efectuará llamamiento telefónico a la persona aspirante que corresponda, quien dispondrá de 24 horas para presentar por registro de
entrada la aceptación o renuncia.
En caso de no localización, se procederá a un nuevo llamamiento telefónico dos horas
después. Si no se contactase con nadie o no se aceptase la oferta, se podrá proceder al llamamiento de la siguiente persona aspirante, sin necesidad de renuncia expresa, haciendo constar en diligencia dicha circunstancia, con indicación de la fecha y hora en que se ha efectuado la llamada y se remitirá copia a la persona interesada. En este supuesto no se penalizará
y se mantendrá en el mismo lugar de la bolsa a la persona aspirante no localizada.
Todas las incidencias que vayan surgiendo en la gestión de las bolsas de trabajo temporal, como son las renuncias, las activaciones o desactivaciones, se harán constar por decreto del órgano competente a los efectos de tener las bolsas debidamente actualizadas. Dicho decreto se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del ayuntamiento.

BOCM-20240417-60

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