Alcobendas (BOCM-20240410-20)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramientos
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B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2024

C. Delegaciones en materia de Recursos Humanos:
1. Se delegan en la Concejal Delegada de Cultura y Gestión de Talento, Dña. María
José Ortiz Iglesias de Ussel, las siguientes competencias:
A) Aprobación de las bases de las convocatorias de los procesos de selección para la
cobertura de plazas, convocar las pruebas selectivas y designar a los miembros de
los Tribunales de selección, incluyendo la autorización y disposición de los gastos que pudieran originar dichas resoluciones.
B) El nombramiento y toma de posesión de funcionarios, exceptuando el personal
eventual.
C) Todas aquellas decisiones en materia de personal que no estén expresamente delegadas o atribuidas a éste órgano, y la ley no les atribuya el carácter de indelegable.”
2. Se delegan en el Director General de Gestión de Talento, D. Andreu Agustí Angelats, las siguientes competencias:
A) El desarrollo de la gestión de Personal, incluida la emisión de actos administrativos
que afecten a terceros, en el ámbito de las competencias delegadas, incluyendo la
autorización y disposición de los gastos que pudieran originar dichas resoluciones.
B) La adjudicación de destinos de los funcionarios.
C) Aprobar las bases de las convocatorias de provisión de puestos de trabajo, convocando los correspondientes concursos o procesos de libre designación y, en su
caso, designando a los miembros de las comisiones de valoración.
D) El nombramiento y cese de los titulares de los diferentes puestos de trabajo que no
tengan el carácter de órgano directivo de la Administración municipal.
E) La adscripción de funcionarios y personal laboral a las diferentes áreas y departamentos municipales, así como la resolución de los traslados de todo el personal
F) Contratar, cesar y despedir al personal laboral.
G) El régimen disciplinario y la potestad sancionadora de los funcionarios municipales (con excepción de la separación de servicio de los mismos), así como del personal laboral.
H) La concesión de las licencias, permisos, permutas, reducciones y ampliaciones de
jornadas y la resolución sobre las diferentes situaciones administrativas a los empleados públicos.
D) Delegaciones en materia de Potestad Sancionadora:
Único: Se delega en cada concejal-delegado y en los Directores Generales de Gestión de Talento, Urbanismo, Licencias y Patrimonio, y Economía, el ejercicio de
la potestad sancionadora en las materias propias de su delegación, siempre que la
legislación sectorial atribuya la misma a la Junta de Gobierno Local.
E) Delegaciones en materia de Gestión económica:
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 127.2 en relación con el 127.1.g
de la Ley de Bases de Régimen Local, se delegan en cada concejal-delegado,
la firma de facturas expedidas por la Entidad Local en el ámbito de su delegación a través de la herramienta informática existentes en el Ayuntamiento.
2. Se delegan en la Concejal Delegada de Economía, Contratación y Patrimonio,
D.a Marta Martín García, las siguientes competencias:
a. Gastos.
1. El desarrollo de la gestión económica, incluida la emisión de actos administrativos que afecten a terceros, en el ámbito de las competencias delegadas,
incluyendo las fases de ejecución de gastos que pudieran originar dichas resoluciones.
2. Autorización, cualquiera que fuese su cuantía, de los gastos consignados en el
presupuesto para transferencias corrientes y de capital a los Organismos, Sociedades, Fundaciones y, en general, a todas las entidades dependientes del
Ayuntamiento, así como todos aquellos de tracto sucesivo o de carácter corriente que no tengan la naturaleza de gastos de inversión, tales como: energía eléctrica, agua, gas, teléfono, gastos de comunidad y servicios postales.
Asimismo, le corresponderá la autorización, cualquiera que sea su cuantía, de
los gastos consignados en el presupuesto destinados a atender el cumplimiento de las sentencias judiciales.

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