Alcobendas (BOCM-20240410-20)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramientos
40 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 85

Planificar y gestionar programar dirigidos a la inserción y promoción laboral de
las mujeres, en coordinación con otros organismos competentes en esta materia.
j) Elaboración, desarrollo y gestión de los programas dirigidos a la igualdad de oportunidades.
k) Asistencia y apoyo al funcionamiento del Observatorio Regional de la Violencia
de Género.
l) Coordinación de las órdenes de protección de las víctimas de violencia de género
y cuantas otras medidas de protección se determinen.
m) Comprobar la existencia de enfoque de género en la organización del resto de las
Concejalías y delegaciones municipales, a fin de considerar su trato como área
transversal.
n) Relaciones con las Asociaciones ciudadanas relacionadas con las materias propias
del área.
ñ) Funcionamiento de los servicios incluidos en el ámbito del área mediante el seguimiento y control de las funciones asignadas a los puestos de trabajo adscritos a dichos servicios municipales.
Salud:
a) Dirección, gestión y evaluación de las actividades preventivas sanitarias y asistenciales de los centros y establecimientos sanitarios de competencia municipal, resolviendo sobre las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades,
coordinándolas entre sí y con las acciones de salud a cargo de las Entidades Públicas u otros Entes que ejercen funciones asistenciales, de acuerdo con la normativa que en todo momento establezca el órgano planificador del Estado o nivel territorial competente y prevea la Ley General de Sanidad.
b) Planificar, programar, controlar y evaluar las actividades de Sanidad con vista a la
mejor formación en estas materias a la población general.
c) Dirigir la inspección sanitaria en coordinación con las Concejalías de Distrito,
gestionando cuantos asuntos de carácter preventivo y de policía sanitaria sean de
su competencia.
d) Dirigir, gestionar y evaluar las actuaciones encaminadas a garantizar la calidad y
seguridad alimentaria en el municipio, respetando las competencias que en este
particular tienen delegadas otros órganos municipales.
e) Adoptar medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en los supuestos
de crisis y emergencia que afecten a la seguridad de los consumidores y usuarios,
coordinando la red de alerta alimentaria en el municipio de Alcobendas.
f) Dirigir, gestionar y evaluar el Laboratorio Municipal de Higiene.
g) Informar, recabar informes, asesorar y, en su caso, auxiliar a los presidentes de
Juntas de Distrito en materia de sanidad, higiene alimentaria y protección de la salubridad pública, en colaboración con los Servicios de Coordinación Territorial.
h) Colaborar con los Servicios Técnicos Veterinarios en las actuaciones precisas
frente a la aparición de cualquier foco zoonótico o epizoótico en las explotaciones
del municipio.
Bienestar animal:
Comprende las competencias resolutivas sobre las siguientes materias:
a) Velar por la actualización y cumplimiento de la ordenanza municipal de animales
b) Impulso y coordinación del Observatorio de Protección Animal
c) Recogida, cuidado y custodia de animales abandonados o perdidos en el término
municipal
d) Control de fauna en el término municipal, sin perjuicio de control de fauna salvaje
del Departamento de Medio Ambiente.
e) Promoción y gestión de la adopción, cuidado animal y la tenencia responsable
f) Gestión de las reclamaciones por maltrato animal y quejas vecinales
g) Mantenimiento y gestión del censo canino
h) Gestión de perros potencialmente peligrosos
i) Cuidado y gestión de las colonias felinas urbanas y la de aquellos animales que se
encuentren en instalaciones municipales.
j) Gestión de las zonas de esparcimiento canino
k) Promoción y apoyo de las asociaciones locales de bienestar animal.

BOCM-20240410-20

i)