Alcobendas (BOCM-20240410-20)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramientos
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B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ABRIL DE 2024

c) La dirección, planificación y programación de la red de atención de servicios sociales generales en el ámbito del municipio de Alcobendas, de acuerdo con lo establecido en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley de Adaptación del
Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre,
de racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (Disposición Adicional Primera) y en la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
d) Coordinar todas las actuaciones que en materia de servicios sociales generales se
gestionen en el municipio, con facultad de dictar instrucciones y circulares de
cualquier tipo, incluso para regular la actividad de estos servicios y sus instalaciones en cualquiera de los ámbitos territoriales que por razón de descentralización
existan actualmente o puedan crearse en lo sucesivo.
e) Llevar a efecto cuantas actuaciones sean precisas a fin de procurar el equilibrio de
las dotaciones y servicios sociales generales en los distritos, así como la igualdad
en las condiciones de acceso a los mismos.
f) Garantizar la prestación de los servicios sociales generales dentro del marco de la
legislación vigente en la materia, así como atención específica a aquellos sectores
de población en situaciones de desprotección social o exclusión a través de medidas adecuadas a la problemática de cada colectivo.
g) Promover e impulsar cuantas actividades sean necesarias para una mayor participación y colaboración de la sociedad ante los problemas de exclusión y desprotección social.
h) Formular conjuntamente con la concejalía competente en materia de gestión de
personas, la programación y gestión de los planes de formación específica del personal de Servicios Sociales.
i) Diseño, planificación y ejecución de todos los programas que tengan como objetivo el incremento de la protección y el bienestar de las personas y que amplíen la
oferta de recursos para su cuidado.
j) La evaluación de la ejecución de los planes de actuación de la delegación, por parte de los servicios adscritos a la misma, ejerciendo el control de eficacia de éstos.
Mayores:
Sin perjuicio de las competencias señaladas en las delegaciones y departamentos de familia y servicios sociales que afecten y beneficien al colectivo de mayores del Municipio,
se delegan las siguientes facultades y funciones:
a) Protección de las prioridades y especial protección de las personas mayores antes
situaciones o riesgos en que puedan verse afectados.
b) Protección y defensa de los derechos del Colectivo.
c) Impulso, promoción y fomento del derecho a la participación de los Mayores en la
vida política, económica, social y cultural del Municipio, apoyando el Asociacionismo y fomento de los órganos de representación de los mismos.
d) Impulso, promoción y fomento del acceso de los mayores al Ocio, al deporte y a la
cultura, al disfrute de un medio ambiente saludable y al conocimiento de los avances de la Ciencia y la Tecnología.
Igualdad de oportunidades:
a) Desarrollo de las políticas locales de igualdad de oportunidades e integración, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros,
así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos propios.
b) Acogida de la población en situación de desarraigo.
c) Incidir en la implementación de la red básica de servicios sociales y especializados.
d) Información, orientación y asesoramiento y acompañamiento a la población no
censada en el acceso a los recursos existentes y a las instituciones públicas.
e) Impulso, desarrollo y gestión de convenios de colaboración con otras Administraciones en materia de Igualdad de oportunidades e integración.
f) Promoción de planes y programas que afecten a la población no censada, así como
la concesión de las prestaciones que deriven de los mismos.
g) Relaciones con las Administraciones competentes en las materias propias de la
Delegación y con otras instituciones u organismos supramunicipales.
h) Fomentar la participación activa de las mujeres en la sociedad y desarrollo de su
formación integral.

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