Sevilla la Nueva (BOCM-20240408-80)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tráfico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 83

LUNES 8 DE ABRIL DE 2024

Pág. 267

ANEXO I
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES
CONDUCTORES Y USUARIOS DE LA VÍA
APDO.

OPC.

INF.

8

a
b

0

G

8

a
b

0

MG

8

c

0

8

c

8
9

HECHO DENUNCIADO

EUROS

No obedecer las indicaciones de un Agente de Circulación

200
(100)

No obedecer las órdenes de un Agente de la Circulación causando
peligro

500
(250)

L

No respetar la preferencia de paso a los ciclistas que circulen en grupo
por núcleo urbano

80
(40)

0

G

No respetar la preferencia de paso a los ciclistas que circulen en grupo
por núcleo urbano causando peligro

200
(100)

d
b

0
0

L

Circular a una velocidad superior a la limitación indicada por señal hasta
un 10 por 100

80
(40)

8
9

db

0
0

G

Circular a una velocidad superior a la limitación indicada por señal entre
un 11 y 20 por 100

200
(100)

8
9

d
b

0
0

MG

Circular a una velocidad superior a la limitación indicada por señal más
del 20 por 100

500
(250)

8

e

0

L

Comportarse de forma que cause daño en las señales reguladoras de la
circulación o en cualquier otro elemento de la vía pública

80
(40)

10

a

0

L

Tránsito de peatones fuera de los lugares a ellos destinados

80
(40)

10

b

0

L

Obstaculizar a otros peatones su tránsito por los lugares destinados

80
(40)

10

c

0

L

Cruzar la calzada entorpeciendo a los demás usuarios o perturbando la
circulación

80
(40)

12

a

0

L

Cruzar la calzada por lugares distintos a los autorizados o permanecer
en ella

80
(40)

12

e

0

MG

Subir o descender de los vehículos en marcha

500
(250)

14

1

0

L

Circular por las vías públicas o de uso público donde se haya cerrado
provisional o definitivamente al tráfico rodado

80
(40)

14

3

0

G

No respetar la señalización establecida en las zonas peatonales

200
(100)

19

0

0

L

Circular en cualquier vehículo de motor por los carriles bici

80
(40)

32

1

0

G

No disponer de la correspondiente autorización municipal de acceso de
vehículos o carruajes al interior de inmuebles cuando sea necesario
cruzar aceras u otros bienes de dominio y uso público
Ocupación de la vía pública

200
(100)

24

a

0

L

Realizar labores de carga y descarga dificultando la circulación de
vehículos así como los accesos a los vados autorizados

80
(40)

24

a

0

G

Realizar labores de carga y descarga dificultando gravemente la
circulación de vehículos así como los accesos a los vados autorizados

200
(100)

24

a

0

L

Realizar operaciones de carga y descarga demorando las mismas o
sobrepasando el límite máximo de tiempo establecido en la instrucción
correspondiente

80
(40)

24

a

0

G

Realizar labores de carga y descarga interrumpiendo la circulación sin
autorización previa

200
(100)

24

c

0

L

Realizar labores de carga y descarga produciendo molestias a los
demás usuarios de la vía

80
(40)

24

e

0

L

Dejar mercancías, objetos o demás materiales que sean objeto de
carga o descarga sobre el suelo

80
(40)

28

1

0

G

Realizar actividades que precisan un transporte cuyas dimensiones o
carga excedan de las normas reguladoras de los vehículos o de las vías
por las que circulan careciendo de autorización municipal previa

200
(100)

25

1

0

G

Colocar materiales de construcción sobre algún registro que pueda
existir en la vía pública de los correspondientes a los diferentes
servicios que discurren bajo la misma

200
(100)

25

2

0

L

No tomar las medidas adecuadas para que las tierras o arenas que se
acopien no obstruyan los imbornales que puedan existir en la calzada

80
(40)

25

3

0

G

No tomar las oportunas medidas de seguridad en el caso de que una
obra ocupe la totalidad de un espacio de tránsito peatonal

200
(100)

25

5

0

G

Realizar operaciones de carga y descarga fuera del recinto de obra
careciendo de autorización municipal previa

200
(100)

26

1

0

G

Instalar contenedores de obra careciendo de licencia municipal

200
(100)

26

2

0

L

Instalar contenedores de obra dificultando la circulación de vehículos y
peatones

80
(40)

26

2

0

G

Instalar contenedores de obra entorpeciendo gravemente la circulación
de vehículos y peatones

200
(100)

26

5

0

L

Emplazar contenedores de obra a menos de cinco metros de las
esquinas

80
(40)

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