D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240405-34)
Convenio –  Convenio de colaboración de 18 de marzo de 2024, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Fundación Adecco, para el desarrollo de un programa de empleabilidad en ocho centros adscritos a la AMAS
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 108

VIERNES 5 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 81

Obligaciones de la AMAS:
1. Todas las acciones y actividades a desarrollar deberán estar recogidas en el Programa Individual de Atención (PIA) de cada candidato participante, contando con las
autorizaciones oportunas.
2. La AMAS deberá coordinar con la Fundación Adecco el calendario de las acciones y actividades a realizar en el presente convenio.
3. La AMAS designará un interlocutor para el seguimiento del programa.
En caso de incumplimiento por parte de la Fundación Adecco, de cualesquiera de las
obligaciones arriba mencionadas conllevará el requerimiento a ésta, concediéndole un plazo de 15 días hábiles para su cumplimiento, este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si persistiera el incumplimiento, transcurrido el plazo concedido,
se entenderá resuelto el convenio en virtud de la cláusula 9.a del presente texto y el artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Publico.
Cláusula cuarta
Comunicación e información
En todo el material de divulgación del programa, en su web, blog, redes sociales, o a
través de cualquier otro medio, propio o de terceros, se incorporará el logo de la AMAS,
previa consulta y autorización de la Coordinación de Calidad, Estrategia y Relaciones Institucionales de la Agencia.
Cláusula quinta
Personal empleado
El personal contratado o dependiente a través de cualquier vinculación jurídica con la
Fundación Adecco o con las personas o entidades por ella contratadas para la realización
de la actividad objeto del presente convenio, no tendrá ninguna relación de carácter laboral, contractual o de cualquier tipo con la Agencia Madrileña de Atención Social, ni con la
Consejería a la que este organismo se encuentra adscrito.
Cláusula quinta
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a
la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia
del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información
a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Se instrumentará una comunicación de datos y cada parte actuará como responsable
del tratamiento. El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos dispuestos en el Anexo II del presente convenio.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la
actividad de tratamiento “Convenios Administrativos AMAS”. Para ejercer sus derechos,
podrán dirigirse a la Agencia Madrileña de Atención Social de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada ante el Registro

BOCM-20240405-34

Protección de datos personales y confidencialidad de la información