El Escorial (BOCM-20240402-61)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM

MARTES 2 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 78

3. Lo dispuesto en el número anterior se entenderá sin perjuicio de la liquidación municipal que se practique a la vista de la declaración del interesado y la comprobación que se
realice de la inicial, todo ello, con referencia a las obras efectivamente realizadas y su valoración real.
Tipos de gravamen
Art. 7. Los tipos a aplicar por cada licencia, declaración responsable o comunicación
previa de naturaleza urbanística, serán los siguientes:
Epígrafe 1:
— Señalamiento de alineaciones:
d Por cada metro cuadrado lineal de fachada o fachadas de inmuebles: 0,80 euros.
d Mínimo: 150,00 euros.
Epígrafe 2:
— Por parcelaciones, reparcelaciones, agregaciones y segregaciones. Por cada metro
cuadrado:
d Urbana: 0,79 euros.
d Rústica: 0,03 euros.
d Mínimo: 150,00 euros.
La cuantía máxima a liquidar en este epígrafe ascenderá a 5.000 euros cuando el
sujeto pasivo sea una entidad pública o privada con personalidad jurídica propia,
siempre que el Ayuntamiento de El Escorial tenga una participación mínima en
ella de un 30 por 100, o sea una entidad dependiente del mismo.
Epígrafe 3:
— Por obra mayor, se aplicará sobre la base el 0,6 por 100.
d Mínimo: 60,00 euros.
Epígrafe 4:
— Por obra menor, se aplicará sobre la base el 3,9 por 100.
d Mínimo: 60,00 euros.
Epígrafe 5:
— Por la instalación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública, se aplicará sobre el presupuesto de obra 3,4 por 100.
d Mínimo: 72,76 euros.
Epígrafe 6:
— Por primera ocupación de los edificios, primera utilización, y la modificación del
uso de los mismos, el 1 por 100 del presupuesto definitivo de las obras.
Epígrafe 7:
— Por instalación de grúas el 0,01 por 100 del presupuesto de la obra.
d Mínimo: 182,40 euros.
Epígrafe 8:
— Por tramitación de un Plan Parcial o Proyecto de Urbanización de iniciativa privada:
METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE
Hasta 50.000 m2
Exceso de 50.000 hasta 100.000 m2
Exceso de 100.000 hasta 250.000 m2
Exceso de 250.000 hasta 500.000 m2
Exceso de 500.000 hasta 1.000.000 m2
Exceso de 1.000.000 de m2 (€/10 m2)

€/M2
SUPERFICIE
0,054 €
0,043 €
0,033 €
0,021 €
0,011 €
0,033 €

La cuantía máxima a liquidar en este epígrafe ascenderá a 5.000 euros, cuando el sujeto pasivo sea una entidad pública o privada con personalidad jurídica propia, siempre que
el Ayuntamiento de El Escorial tenga una participación mínima en ella de un 30 por 100, o
sea, una entidad dependiente del mismo.

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