C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240328-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial Revistas, S. L. (código número 28014942012009)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 75

Las personas con salarios anuales inferiores a 50.000 euros y que hayan percibido la gratificación
extraordinaria 2023 consolidaran en el año 2024 el importe de 600 euros brutos.
Año 2024 y 2025
En los años 2024 y 2025 las personas trabajadoras podrán tener derecho a percibir una retribución variable cuyos objetivos se definirán por las partes que han negociado este convenio colectivo
en cada uno de los años.
Se definirán los objetivos para la retribución variable de empresa que sustituirá a la actual retribución variable de grupo. Cada año se definirán los diferentes objetivos y, en caso de que no haya
acuerdo entre las partes, el objetivo será el EBITDA menos inversiones del presupuesto del grupo.
Las partes del sistema de retribución variable que son de grupo se suprimirán del modelo.
En el caso de que no hubiera acuerdo entre las partes, el sistema de retribución variable será el
siguiente:
El presente sistema de retribución variable se basa en el cumplimento del objetivo de negocio
presupuestado. Opera por fases, distinguiéndose una primera fase que tiene como referencia el
cumplimiento de dicho objetivo. Y una segunda fase que se activa, sólo en el caso de alcanzar un
sobrecumplimiento del objetivo.
A. Fase 1. Cumplimento del Objetivo.
a) El objetivo a cumplir es el presupuestado para cada año, no más tarde del primer trimestre, a
nivel de Grupo mercantil Unidad Editorial.
b) El objetivo de negocio es el aprobado anualmente por el Consejo de Administración de Unidad Editorial, siendo su indicador el EBITDA operativo de Unidad Editorial (EBITDA del Grupo
mercantil Unidad Editorial, sin los gastos e ingresos no recurrentes), menos las inversiones
previstas (CAPEX).
c) La escala de cumplimiento se activa a partir de la consecución del 80% del objetivo anual presupuestado, generando una retribución equivalente al 0,65 % de la masa salarial del personal
adscrito al presente convenio colectivo, según el siguiente escalado:
CUADRO 1
PORCENTAJE DE
CUMPLIMIENTO

% RETRIBUCIÓN
VARIABLE

80%

0,65%

85%

0,80%

90%

0,90%

95%

0,95%

100%

1,25%

Se entiende por masa salarial la suma de los salarios brutos anuales fijos (SIMAN) que se perciben dentro del mismo ejercicio para el que se aplican los objetivos.
d) Si el resultado del EBITDA del Grupo mercantil Unidad Editorial fuese igual al cumplimiento
del objetivo presupuestado (100%) se consolidará el 0,50% de la retribución variable en la
masa salarial.

BOCM-20240328-2

e) Si el resultado del EBITDA del Grupo mercantil Unidad Editorial fuese superior al cumplimiento del objetivo presupuestado se consolidará una décima por cada punto incremental hasta el
150% que supondría una consolidación del 1% de la retribución variable en la masa salarial.