C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240328-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial Revistas, S. L. (código número 28014942012009)
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BOCM

JUEVES 28 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 75

Conocimiento técnico: Conocimiento amplio y especializado con experiencia profesional, con
competencia para la resolución de problemas y siendo reconocido internamente en su campo de
especialidad
Grado de autonomía: Actúan de acuerdo con prácticas y procedimientos contemplados por políticas bien definidas bajo supervisión de los resultados finales, pudiendo establecer normas, rutinas de
trabajo e instrucciones para sus colaboradores.
A la firma del presente Convenio Colectivo los puestos de trabajo que se incluyen en este Grupo
1 son: redactor jefe, jefe de área y jefe de sección.
Redactor jefe: es el periodista que, a las órdenes del Director del periódico, asume la responsabilidad de la coordinación y configuración de su sección, y en lo que son sus líneas básicas de orientación y comunicación.
Jefe de sección (Redacción): es el periodista que asume la responsabilidad, por debajo del redactor jefe, de una determinada parcela de su sección y en lo que son sus líneas básicas de orientación
y comunicación.
Jefe de área (Gestión): es quien con competencia y experiencia profesional suficiente, asume la
responsabilidad de la dirección y coordinación de una unidad funcional subordinada y comprensiva
de algunas de las actividades en que el mismo se diversifique, respecto a los cometidos administrativos, informáticos o generales de la empresa, pudiendo no tener personal a su cargo y si lo tuviera se
encargará de impartir los correspondientes criterios de funcionamiento, controlando y supervisando
su labor. De todo ello rendirá cuentas ante el director de departamento.
Jefe de sección (Gestión): es quien con competencia y experiencia profesional suficiente, asume
la responsabilidad de la coordinación de una parte de una unidad funcional, respecto a los cometidos
administrativos, informáticos o generales de la empresa, pudiendo no tener personal a su cargo y si
tiene personal a su cargo se encargará de impartir los correspondientes criterios de funcionamiento,
controlando y supervisando su labor. De todo ello rendirá cuentas ante el jefe de área.
GRUPO 2: REDACTORES Y TÉCNICOS
Desarrollan su actividad en el plano operativo; es decir, ejecutan actividades y tareas especializadas dentro de los procedimientos establecidos o en prácticas profesionales consolidadas de cara a
conseguir las finalidades del puesto.
Responsables de la realización de las funciones o tareas de su propio trabajo, normalmente siguiendo las instrucciones definidas por su superior jerárquico.
Puestos que, con un alto nivel de especialización, fundamentalmente ejecutan actividades y tareas que precisan un elevado conocimiento de una especialidad profesional concreta o de una amplia
gama de procedimientos.
Se incluyen, además la realización de tareas complejas que, sin implicar mando, exigen un alto
contenido intelectual.
Horizonte temporal de actuación a resultados: diaria/semanal/mensual.
Complejidad: Proporcionar mejoras o adaptaciones de metodologías preexistentes cuando se
demanden soluciones especializadas o anticipar problemas potenciales dentro de su área de actividad.
Conocimiento técnico: Dominio de un conocimiento especializado de su área profesional con una
competencia y solvencia técnica que le permite de forma sistemática asesorar o ejecutar sus funciones y responsabilidades.
Grado de autonomía: Sujeto a prácticas y procedimientos claramente definidos, proponiendo
desarrollos metodológicos o prácticas de mejora de su actividad con la aprobación de su superior.
Los resultados son objeto de supervisión periódica antes, durante y después de su consecución.
A la firma del presente Convenio Colectivo los puestos de trabajo que se incluyen en este Grupo
2 son: Redactor, técnicos, comercial y coordinador de publicidad.
Redactor: es el periodista que asume los cometidos propios de información literaria, gráfica o audiovisual correspondiente a la sección a la que esté asignado, siguiendo las indicaciones del jefe de
la misma y conforme a las prácticas y códigos de la profesión periodística.
Técnico de servicios: es el profesional que realiza las tareas de su sección, por su experiencia
profesional y conocimientos técnicos actúan con autonomía y tienen capacidad para tomar decisiones. Incluye áreas técnicas (Diseño y Control de Producción, Sistemas y Programación) y de gestión
(Planificación y Gestión, RR.HH., Servicios Generales…)
Técnico: es el profesional que realiza tareas de carácter operativo utilizando los equipos, máquinas y herramientas necesarias para la realización de su cometido, con conocimientos adecuados

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