Boadilla del Monte (BOCM-20240327-50)
Otros anuncios. Convocatoria utilización instalaciones deportivas
16 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2024

Art. 5. Plazo.—5.1. El plazo de las autorizaciones será para las temporadas deportivas desde el 15 de agosto de 2024 a 15 de junio de 2025, y del 15 de agosto de 2025 a 15
de junio de 2026.
5.2. Se podrá prorrogar la autorización hasta dos temporadas más, esto es, una primera prórroga del 15 de agosto de 2026, al 15 de junio de 2027, y en su caso, una segunda
prórroga del 15 de agosto de 2027 al 15 de junio de 2028.
Dicha prórroga se adoptará por acuerdo expreso que deberá producirse con dos meses
de antelación a la fecha de finalización de la autorización.
Los correspondientes acuerdos de prórroga serán adoptados por el mismo órgano que
acuerde la autorización, a propuesta de la Concejalía de Deportes.
5.3. El calendario de uso de las instalaciones podrá modificarse en función de la programación municipal de las actividades deportivas y torneos, siempre que dichos cambios
obedezcan a criterios de interés general, y previa audiencia del interesado.
5.4. El Ayuntamiento, por razones extraordinarias y motivadas, podrá utilizar puntualmente las instalaciones autorizadas, previa comunicación al efecto, sin que ello genere
derecho a indemnización a favor del autorizado.
Art. 6. Convocatoria.—Las presentes bases serán publicadas en la página web municipal. El anuncio de la correspondiente convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento.
Art. 7. Solicitudes. Plazo de presentación y documentación.—7.1. La solicitud,
que también es una declaración responsable (según modelo Anexo II), implica la aceptación de las condiciones que rigen la presente convocatoria, y la declaración responsable de
tener plena capacidad jurídica y de obrar, y deberá acompañarse de los documentos que se
indican en las presentes bases.
7.2. La obtención de autorización de uso de las instalaciones deportivas municipales
en virtud de la presente convocatoria implica la renuncia de cuantos derechos de uso de las
instalaciones deportivas municipales ostente el solicitante en virtud de cualquier acto o
acuerdo administrativo o negocio jurídico preexistente.
7.3. Las solicitudes deberán presentarse electrónicamente en el Registro General del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte, o en las demás formas previstas en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y conforme dispone el artículo 14.2 de la citada Ley.
Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días naturales contados
a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y deberán ajustarse al modelo establecido en el
Anexo II de las presentes bases.
7.4. Documentación que debe acompañar a la solicitud:
a) Escrito de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo II), acompañado de
acreditación de la representación que ostente la persona que presente y firme la solicitud (p. e., certificado del secretario del Club o Asociación), y copia de su DNI.
b) Estatutos actualizados de la entidad deportiva registrados en la Comunidad de
Madrid (copia del número de registro), y fotocopia del código de identificación
fiscal (CIF).
c) Declaración responsable del solicitante de no hallarse comprendido en ninguno de
los casos de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración,
en la que indique que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y el Ayuntamiento de Boadilla del
Monte, y que todo el personal técnico cuya actividad implique contacto habitual
con menores está en posesión de la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales (Ley 26/2015).
d) Programación de la actividad a realizar en las instalaciones deportivas objeto de
autorización que contenga la siguiente información: la programación recogerá al
menos, el número de socios o abonados a la fecha de presentación de la solicitud,
los objetivos a conseguir, los contenidos de cada etapa y categoría, la metodología de trabajo, el control y seguimiento del programa, la forma de evaluación utilizada, así como los recursos humanos y técnicos empleados con sus respectivas
titulaciones, con especial desarrollo de la información precisa para justificar la
aplicación de los criterios de valoración establecidos en el Anexo III como “criterios de evaluación”.
e) Copia de los últimos presupuestos aprobados, y de las facturas de alquileres a
nombre de la entidad de la última temporada, si las hubiere.

Pág. 165

BOCM-20240327-50

BOCM