C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240325-8)
Delegación competencias –  Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MARZO DE 2024

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ras, así como su imputación a los distintos programas y conceptos presupuestarios
y su posible modificación a lo largo del ejercicio.
2. Se delega en las personas titulares de las direcciones generales, en las materias
propias de su competencia, la aprobación de las cuentas justificativas de anticipos de caja
fija y pagos a justificar adscritos a las mismas.
Sexto
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica respecto al personal
de la Consejería, sin perjuicio de lo establecido en los apartados segundo y tercero:
a) El ejercicio de la superior autoridad sobre el personal adscrito a la Consejería, sin
perjuicio de las competencias atribuidas al titular de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo.
b) El nombramiento y cese en los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito a la Consejería.
c) La contratación laboral indefinida del personal adscrito a la Consejería, que haya
sido seleccionado en virtud de las pruebas selectivas convocadas, como consecuencia de oferta de empleo público.
d) La aprobación de convocatorias para la contratación laboral a tiempo cierto, no
centralizadas, previo informe cuando así esté establecido, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y dentro de los créditos habilitados al efecto.
e) La contratación laboral a tiempo cierto del personal seleccionado en virtud de las
correspondientes convocatorias.
f) La aprobación de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo adscritos a
esta Consejería, tanto por concurso de méritos como por libre designación, así
como la resolución de las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de
la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
g) La aprobación y la ordenación de la publicación de las convocatorias para la selección de funcionarios interinos, así como las relativas a la adjudicación de puestos,
aprobación de listas de espera, nombramiento y cese de funcionarios, previstas en
el Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
h) La concesión de gratificaciones al personal funcionario de la Consejería por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada laboral.
i) La autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por razón de servicios que se encomienden al personal de la Consejería, regulados por
el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
j) La concesión del complemento de productividad de conformidad con la normativa
vigente.
2. Se delega en la persona titular de la Dirección-Gerencia del IMIDRA el ejercicio
de las siguientes competencias respecto a su personal:
a) El nombramiento y cese en los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito al organismo autónomo.
b) La aprobación de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo adscritos
al organismo autónomo, tanto por concurso de méritos como por libre designación, así como la resolución de las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad
de Madrid.
c) La aprobación y la ordenación de la publicación de las convocatorias para la selección de funcionarios interinos, así como las relativas a la adjudicación de puestos,
aprobación de listas de espera, nombramiento y cese de funcionarios, previstas en
el Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
d) La concesión de gratificaciones al personal funcionario del organismo autónomo
por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada laboral.

BOCM-20240325-8

Delegación de competencias en materia de personal