C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240323-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Cuétara, S. L. U. (Centro de trabajo en Villarejo de Salvanés) (código número 28001122011981)
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 71

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 23 DE MARZO DE 2024

Pág. 31

Al personal que realice tareas para las cuales necesite prendas de abrigo se le proporcionará por
parte de la empresa previa intervención del comité de Seguridad y Salud.
Si circunstancialmente existiera algún caso de manifiesto deterioro de alguna de las prendas, la
Empresa facilitará a la persona trabajadora una nueva prenda.
Independientemente de los equipos detallados, se proveerá a cada trabajador del material de
seguridad inherente a cada puesto de trabajo.
La ropa de trabajo es de uso exclusivo y obligatorio dentro de las instalaciones de la empresa.

CAPITULO VI
DERECHOS DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA Y GARANTÍAS SINDICALES
Artículo 42.- COMITÉ DE EMPRESA.
Comité de Empresa y Delegados de Personal.
Los Comités de Empresa y Delegados de Personal son el órgano representativo y colegiado del
conjunto de las personas trabajadoras, del centro de trabajo al que pertenecen, para la defensa de
sus intereses.
Asambleas
Las personas trabajadoras podrán celebrar cuantas asambleas consideren oportunas dentro del
centro de trabajo. La asamblea podrá ser convocada por el Comité de Empresa o Delegados/s de
Personal, por un número de personas trabajadoras no inferior al 33% de la plantilla del propio centro.
Las asambleas se celebrarán siempre fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo entre los
representantes legales de los trabajadores y la Empresa. La asamblea será presidida, en todo caso,
por el Comité de Empresa o por los Delegados de Personal mancomunadamente, que serán
responsables del normal desarrollo de la misma, así como de la presencia en la asamblea de
personas no pertenecientes a la Empresa.
La celebración de la Asamblea se pondrá en conocimiento de la Dirección de la Empresa con una
antelación mínima de 48 horas, indicando el orden del día, nombre de las personas no pertenecientes a
la Empresa que vayan a asistir a la Asamblea, así como la duración previsible de la misma.
Tablones de Anuncios
Existirán varios tablones de anuncios en el centro de trabajo y en un lugar de fácil acceso para las
personas trabajadoras, que estará a disposición de los Comités de Empresa y Delegado/s de
Personal para la publicación de aquellas cuestiones que se consideren de interés laboral o sindical.
Los representantes de los trabajadores sólo serán responsables de lo publicado en el tablón de
anuncios cuando dicho tablón esté cerrado con llave y la comunicación se encuentre protegida de
manipulaciones o bien esté firmada y sellada por los representantes de los trabajadores,
declinándose en otro caso toda responsabilidad.
Locales para el Comité de Empresa y Delegados de Personal
El Comité de Empresa y Delegados de Personal dispondrán de un local adecuado, dentro del centro
de trabajo, en el que pueden desarrollar sus actividades y comunicarse con los trabajadores.

Garantías de los miembros de los Comités de empresa y Delegados de personal
Cada miembro del Comité de empresa y Delegado de personal tendrá las garantías establecidas en
el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones de carácter general, con derecho a disponer
de un crédito de horas mensuales retribuidas de 40 horas, que se podrán acumular entre todos los
miembros de los Comités de Empresa y Delegados de Personal de la Empresa pertenecientes a una
misma central sindical, Delegados Sindicales inclusive, por períodos trimestrales, con autorización
de los mismos, y por cada Sindicato elegido.

BOCM-20240323-2

El acondicionamiento y mobiliario, así como el material necesario para el normal funcionamiento,
correrán a cargo de la Empresa.